De Veracruz al mundo
GILBERTO NIETO AGUILAR
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2026-01-06 / 22:47:06
El ejercicio de la administración de justicia
La administración de justicia no es una abstracción jurídica. Es la experiencia diaria de millones de personas que esperan que el Estado haga valer sus derechos como personas y como ciudadanos. En México, tenemos marcos normativos robustos: una Constitución que consagra el debido proceso, la presunción de inocencia y el acceso a la justicia. Pero la distancia entre la letra de la ley y su aplicación práctica, en la experiencia real, sigue siendo un problema grave. ¿De qué sirve un catálogo de derechos si la justicia llega tarde, es costosa o no llega?



La arquitectura del sistema judicial mexicano, dividida entre ámbitos federal, estatal (local) y municipal, con una procuración de justicia a cargo de fiscalías y una transformación hacia el sistema penal acusatorio y oral, ofrece una base técnica adecuada. No obstante, la eficacia de esa organización depende de elementos que no se resuelven con reformas puntuales: independencia real, profesionalización, transparencia y voluntad política para combatir la impunidad.



El primer punto crítico es la procuración de justicia. Las fiscalías, tanto federales como estatales, son el corazón del proceso penal: investigan, reúnen pruebas y preparan el juicio, hasta desahogar las evidencias y dictar sentencia. Cuando fallan —por falta de recursos, capacitación o por interferencias políticas—, se erosiona todo el sistema. La autonomía formal y la institucionalidad se debilitan cuando la investigación se ve condicionada por intereses distintos al esclarecimiento de la verdad.



En segundo lugar está la independencia judicial. La imparcialidad de jueces y tribunales es la columna vertebral de la confianza pública. Sin embargo, la percepción de corrupción, de sentencias negociadas o de demoras eternas en los procesos, alimenta la sensación de que la justicia es selectiva. Hacen falta mecanismos transparentes de evaluación y sanción para quienes incumplen.



Otra arista es el acceso desigual a la justicia. Las barreras económicas, geográficas y culturales impiden que amplios sectores de la población accedan a una defensa adecuada. La defensoría pública juega un papel clave, pero requiere recursos, especialización y cobertura efectiva. En poblaciones indígenas o rurales, los obstáculos aumentan; aquí la justicia comunitaria aporta soluciones valiosas, pero debe articularse con el sistema nacional garantizando el respeto a los derechos humanos vigentes.



El sistema penal acusatorio y oral significó un avance en términos de transparencia y celeridad procesal. Sin embargo, su implementación ha sido desigual: en algunos lugares funcionó bien, en otros quedó como un cambio formal sin transformaciones profundas. La oralidad exige capacitación, infraestructura y una cultura judicial distinta. No es un simple cambio de formato, sino de prácticas, pues más allá de la norma jurídica, requiere un cambio en el pensar, el hacer y el decir.



No se puede olvidar a las víctimas. Un sistema de justicia serio no sólo investiga a los presuntos responsables, sino que atiende, repara y protege a quienes han sufrido un delito. La revictimización por trámites engorrosos, falta de mecanismos efectivos de reparación y de atención efectiva, son señales de que aún estamos lejos de una justicia integral.



El proceso ante acusaciones sin sustento o más allá de toda duda razonable, debe darle al acusado la presunción de inocencia, un derecho humano reconocido en la Constitución General (Artículos 17 y 20) que establece que toda persona acusada es inocente hasta que una sentencia judicial firme demuestre lo contrario, exigiendo que el Estado pruebe la culpabilidad y trate al imputado como inocente en tanto el acusador tiene la carga de la prueba.



gnietoa@hotmail.com

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