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XALAPA.- En lo que constituyó otra derrota jurídica al ex gobernador morenista Cuitláhuac García Jiménez – el peor gobernador de la historia de Veracruz - la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que declaró inconstitucional una norma estatal por invadir la autonomía del Poder Judicial local fue publicada en la Gaceta Oficial de Veracruz el pasado martes 15 de julio. Se trata de la sentencia sobre la controversia constitucional 24/2019, promovida contra diversos artículos de la Ley de Austeridad del Estado. El Poder Judicial de Veracruz presentó la controversia desde 2019, cuando el entonces presidente del Tribunal Superior de Justicia, Edel Álvarez Peña, advirtió que la ley afectaba directamente la operatividad de los tribunales. Cinco años después, la Suprema Corte validó ese señalamiento. La sentencia no sólo invalida disposiciones clave de la ley veracruzana, sino que sienta un precedente nacional sobre los límites del Poder Legislativo en materia presupuestal y de organización judicial. En ese sentido, la Corte resolvió que dicha legislación impone restricciones indebidas a la gestión interna del Poder Judicial, lo que afecta su independencia, capacidad presupuestal y derechos laborales adquiridos. Advierte que varios artículos de la Ley de Austeridad vulneran el principio de división de poderes al obligar al Poder Judicial a emitir lineamientos administrativos que subordinan su autonomía. Entre las disposiciones impugnadas se encuentran las que limitan la creación de plazas, establecen topes salariales y eliminan prestaciones como haberes de retiro o seguros médicos, sin considerar el régimen especial de quienes imparten justicia. Uno de los puntos más contundentes del fallo señala que la subordinación presupuestal y administrativa del Poder Judicial a otros poderes rompe con la arquitectura constitucional del sistema democrático. “No puede hablarse de un Poder Judicial independiente si no se le garantiza autonomía financiera y capacidad plena de decisión”, establece la resolución. La Corte también consideró que la ambigüedad normativa en artículos como el 13 –que impone sanciones graves por incumplimiento sin definir claramente las faltas– vulnera la seguridad jurídica y los principios de legalidad y proporcionalidad. Pese a los argumentos del Congreso local, que defendió la ley bajo el argumento de promover la austeridad y proteger el erario, el máximo tribunal del país dejó claro que dichas metas no pueden estar por encima del equilibrio de poderes ni justificar injerencias indebidas. Así las cosas.
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