De Veracruz al mundo
Formaliza Infonavit participación en plan piloto para repartidores por apps.
De esta manera, las empresas de plataformas tienen la obligación inscribir a sus trabajadores ante el Instituto Mexicano del Seguro Social y, por tanto, ante el Infonavit. “Es inexcusable y deberá realizarse desde el inicio de la relación laboral”, subraya.
Jueves 26 de Junio de 2025
Por: La Jornada
CDMX.- El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) publicó el aviso mediante el cual se formaliza su participación en la prueba piloto para que las personas que laboran mediante plataformas digitales tengan acceso a créditos hipotecarios.

De esta manera, las empresas de plataformas tienen la obligación inscribir a sus trabajadores ante el Instituto Mexicano del Seguro Social y, por tanto, ante el Infonavit. “Es inexcusable y deberá realizarse desde el inicio de la relación laboral”, subraya.


Advierte que el incumplimiento de tales obligaciones conlleva a la aplicación de sanciones previstas en el Reglamento para la Imposición de Multas por Incumplimiento de las Obligaciones que la Ley del Infonavit y sus Reglamentos establecen a cargo de los patrones.

Las reglas generales que emitió el Consejo de Administración del Infonavit, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, señalan que las empresas de plataformas digitales deberán determinar y pagar por concepto de aportaciones al Fondo Nacional de la Vivienda, el 5 por ciento del salario de sus trabajadores.

De lo contrario, causarán actualización y recargos en términos del Código Fiscal de la Federación y la Ley del Infonavit.

El pago de las aportaciones será calculado por mensualidades vencidas y deberá ser enterado de forma bimestral a más tardar los días 17 del mes siguiente al que corresponda el pago.


Asimismo se establece que las plataformas deberán cumplir con esta obligación patronal, aun cuando sus trabajadores tengan calidad de pensionados, o bien, estén aseguradas ante el IMSS bajo el esquema de continuación voluntaria (Modalidad 40) en el régimen obligatorio establecido en el artículo 218 de la Ley del Seguro Social.

Las empresas también están obligadas a permitir las inspecciones y visitas domiciliarias que practique el Infonavit, así como atender los requerimientos de pago e información que les formule a través de cualquier medio, incluyendo los electrónicos.

Nos interesa tu opinión

  Más noticias
19:20:19 - Hombre que hua de agentes migratorios en Florida muere atropellado por un camin, dice la polica
19:18:35 - Quertaro: ofrecen recompensa de 300 mil pesos por presunto feminicida de Perla Martnez
19:16:35 - SCJN avala reconocer la paternidad aun despus de la muerte del presunto padre
19:15:29 - Guerrero: colectivos exigen no colocar propaganda sobre fichas de personas desaparecidas
19:14:26 - Indep administra 41 bienes asegurados en Durango; reserva datos de origen y propietarios
19:11:23 - Sismo de magnitud 4.4 sacude las costas de Chiapas este 14 de julio
19:10:11 - Sheinbaum no puede negar nexos de su gobierno con el crimen organizado: Alejandro Moreno Crdenas
19:08:00 - Adolescentes asesinan a Flaviano Lpez, conductor de aplicacin que haba sido reportado como desaparecido
ver todas las noticias

  Lo más visto
> Directorio     > Quiénes somos
® Gobernantes.com Derechos Reservados 2016