| SCJN avala reconocer la paternidad aun después de la muerte del presunto padre. | ||||||
| Por cinco votos, el Pleno concedió el amparo a un hombre de 61 años, en Jalisco, que busca el reconocimiento de paternidad de su presunto padre biológico. Según el expediente, el presunto padre, quien radicaba en Estados Unidos, lo contactó para "conocerlo y arreglar cosas de sus bienes" antes de morir en 2019, a los 90 años, tras ser atropellado. | ||||||
| Martes 14 de Julio de 2026 | ||||||
| Por: La Jornada | ||||||
Por cinco votos, el Pleno concedió el amparo a un hombre de 61 años, en Jalisco, que busca el reconocimiento de paternidad de su presunto padre biológico. Según el expediente, el presunto padre, quien radicaba en Estados Unidos, lo contactó para "conocerlo y arreglar cosas de sus bienes" antes de morir en 2019, a los 90 años, tras ser atropellado. El litigio comenzó en 2021, luego de que tribunales negaran al quejoso el reconocimiento de paternidad con base en el artículo 518 del Código Civil de Jalisco, que permite estas acciones sólo en vida de los padres o hasta cuatro años después de la mayoría de edad si éstos fallecieron antes. El hombre alegó que esa regla vulneraba sus derechos a la identidad, al nombre y al conocimiento de su origen biológico. Cabe señalar que, durante el juicio, una prueba de ADN entre el quejoso y el hermano de su presunto padre biológico arrojó una probabilidad de parentesco de 99.99%, confirmando el linaje paterno. La Corte concluyó que el derecho a la identidad comprende el derecho a conocer el origen biológico, por lo que es imprescriptible y puede ejercerse también después de la muerte del presunto padre. El ministro Giovanni Figueroa Mejía planteó incluso que la autoridad responsable ordene la exhumación del cuerpo "para que la persona adulta mayor conozca su origen biológico". Sin embargo, el caso provocó un amplio debate en el Pleno debido a la propuesta de la ponente de que el plazo legal de cuatro años para solicitar el reconocimiento de paternidad empiece a contarse desde que la persona sabe quién es su presunta madre o padre. De acreditarse la filiación, también podría reclamar los derechos patrimoniales derivados, incluida una herencia. El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz expresó reservas porque esa interpretación, dijo, podría afectar la certeza jurídica de sucesiones ya concluidas. Planteó el escenario de herencias repartidas hace 20 o 30 años y cuestionó si un reconocimiento posterior de filiación obligaría a reponer esos procedimientos. La ministra María Estela Ríos respaldó el proyecto y advirtió que, en estos casos, también existe un interés económico: "Si lo están reclamando... es para tener acceso a los bienes del presunto padre, o sea, hay un interés económico". |
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