| Elimina el Senado la figura de 'jueces sin rostro' y plantea resguardo temporal. | ||||||
| El presidente de la Comisión de Estudios Legislativos del Senado, Enrique Inzunza, explicó que se hicieron los ajustes para que no se contraponga con lo establecido con la Constitución y convenios internacionales. | ||||||
| Domingo 11 de Enero de 2026 | ||||||
| Por: La Jornada | ||||||
El presidente de la Comisión de Estudios Legislativos del Senado, Enrique Inzunza, explicó que se hicieron los ajustes para que no se contraponga con lo establecido con la Constitución y convenios internacionales. “El término jueces sin rostro es una expresión coloquial que se ha empleado, pero en realidad en la iniciativa presidencial no se plantea esa figura, que de acuerdo con la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) elimina garantías básicas, como son la transparencia y el derecho al debido proceso”. Expuso que en la reforma se parte de que la identidad del juzgador no puede ser completamente oculta para las partes y “lo que se propone es preservar la seguridad y el resguardo de la identidad” del juez, protección que deberá solicitar al Órgano de Administración Judicial. Es, dijo, uno de los puntos más conflictivos de la reforma al Código Nacional de Procedimientos Penales y la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, y él planteó cambios a fin de que esa reserva de identidad se circunscriba a supuestos verdaderamente excepcionales, ya que es una medida que tensa el derecho del procesado de conocer quién lo juzga y en general al debido proceso. Por ello, resaltó el legislador de Morena, se definió en el proyecto de dictamen que debe ser una medida temporal y sujeta a control, para que sea por el tiempo estrictamente necesario. Inzunza añadió que se hicieron otros cambios en materia de lenguaje incluyente y adecuaciones de técnica legislativa, dado que en el tema de procesos penales rige el principio de aplicación exacta de la ley. La reforma señala también plazos procesales más breves, agrega nuevos supuestos de detención en flagrancia y “en situaciones excepcionales” permite que el Ministerio Público pueda iniciar investigaciones sin orden judicial previa, temas en los que no hubo modificaciones. Ex presidente del Tribunal de Justicia de Sinaloa, Inzunza comentó que aunque el dictamen estuvo listo al final del pasado periodo de sesiones de diciembre, se decidió posponer su discusión a fin de profundizar en su análisis, pero seguramente se aprobará cuando el Congreso reanude trabajos. |
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