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Más allá del cobro por honorarios, publica Nahle Decreto que otorga beneficios del Mes del Testamento durante septiembre y octubre.
La medida otorga un beneficio a toda la población veracruzana por los servicios que presta la Secretaría de Gobierno a través de la Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Inspección y Archivo General de Notarías, establecidos en el artículo 13, apartado B fracción II del Código de Derechos para el Estado de Veracruz.
Domingo 31 de Agosto de 2025
Por: REDACCION GOBERNANTES
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XALAPA.- Con independencia del cobro por concepto de honorarios notariales, la gobernadora de Veracruz, Rocío Nahle García, emitió un decreto mediante el cual se exime parcialmente del pago de derechos por inscripción de testamento en el libro de registro de disposiciones testamentarias, durante los meses de septiembre y octubre. La medida otorga un beneficio a toda la población veracruzana por los servicios que presta la Secretaría de Gobierno a través de la Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Inspección y Archivo General de Notarías, establecidos en el artículo 13, apartado B fracción II del Código de Derechos para el Estado de Veracruz. De esta forma, sólo se deberá cubrir un pago por la cantidad de 200 pesos, mismo que ya incluye el Impuesto para el Fomento de la Educación, tal y como lo estipula el artículo 134 del Código Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de Llave, con independencia del cobro por concepto de honorarios notariales. El beneficio al que se hace alusión en el Decreto aplicará únicamente para el otorgamiento de testamentos universales, pudiendo incluir tres legados, sin importar el valor de los bienes, derechos y obligaciones, que disponga el testador. También se establece que el notario rendirá informe a la Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Inspección y Archivo General de Notarías, por escrito o por vía electrónica, a través del Sistema Integral de Avisos Testamentarios, sobre la autorización de testamentos otorgados ante su fe. Por último, el notario deberá rendir un informe al término de la vigencia del presente Decreto, respecto del total de testamentos que se otorgaron ante su fe.

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