De Veracruz al mundo
Dirige CNDH recomendación a Semar por uso excesivo de fuerza contra pescadores.
El organismo indicó en un comunicado que la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Sinaloa le remitió diversas notas periodísticas en las que se informó que, durante un operativo de vigilancia marítima por personal de la secretaría y la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, el 20 de septiembre de 2023, se reportó un choque entre una embarcación naval y una panga pesquera.
Jueves 21 de Agosto de 2025
Por: La Jornada
Foto: Cuartoscuro .
Ciudad de México.- La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió este jueves una recomendación a la Secretaría de Marina, tras acreditar que elementos navales emplearon uso excesivo de la fuerza pública, en 2023, al intentar detener una embarcación de pescadores en la localidad de Las Lajitas, en Ahome, Sinaloa, donde una persona falleció y dos más resultaron heridas.

El organismo indicó en un comunicado que la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Sinaloa le remitió diversas notas periodísticas en las que se informó que, durante un operativo de vigilancia marítima por personal de la secretaría y la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, el 20 de septiembre de 2023, se reportó un choque entre una embarcación naval y una panga pesquera.


“La investigación acreditó violaciones graves a los derechos humanos a la vida, en agravio de una persona, y a la integridad personal de dos víctimas directas -una de ella adolescente al momento de los hechos-, y dos más indirectas, derivado del uso excesivo de la fuerza”, agregó.

Tras analizar diversos documentos y testimonios, indicó que su personal emitió una opinión técnica especializada en materia de criminalística en la cual se estableció que la embarcación de la Marina realizó maniobras tendientes a darle alcance a la otra embarcación hasta impactarla en el costado izquierdo, lo que provocó el fallecimiento de uno de los pescadores y causando lesiones a otros dos.

"El personal naval no cumplió con los principios establecidos en la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, pues no se encontraba frente a una amenaza real e inminente a su vida e integridad que ameritara tal acción desproporcionada, utilizando su embarcación como mecanismo de control de espacio y para la reducción física de movimientos, además de que posterior a los hechos se advirtieron omisiones para consignar en su informe el despliegue del uso de la fuerza”, apuntó.

Asimismo, aseguró que para la CNDH es importante subrayar el daño inmaterial y los daños al proyecto de vida al núcleo familiar de la víctima fallecida, representado por su padre, así como a la madre del adolescente lesionado. “Lo anterior debido a que, en ambos casos se generaron afectaciones psicológicas y existía una dependencia económica, lo que agravó las condiciones de vulnerabilidad preexistentes, razón por la cual se les otorgó la calidad de víctimas indirectas”.

Por lo anterior, la Secretaría de Marina deberá reparar integralmente el daño causado a las víctimas directas e indirectas y proporcionarles la atención médica, psicológica y/o tanatológica que requieran, señaló la CNDH.

Resaltó que además deberá gestionar en favor de uno de los sobrevivientes su incorporación a los programas sociales de los que dispone el Estado mexicano o mecanismo similar de política pública para garantizar que, de ser su voluntad, pueda continuar sus estudios hasta concluir el nivel medio superior, estudios universitarios o carrera técnica de su elección.

Además, tendrá que colaborar en la investigación penal que actualmente se integra en la Fiscalía General de la República por los hechos señalados, así como la que se inicie con motivo de la denuncia administrativa que la CNDH presente ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Marina en contra de los elementos involucrados.

También deberá de remitir las constancias de la capacitación impartida al personal de la Octava Zona Naval ubicada en Sinaloa, en materia de derechos humanos y sobre el uso de la fuerza.

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