| Revisa el INE promedios de los 464 ganadores a magistrados de circuito. | ||||
| Hasta anoche, como resultado de este análisis, se habÃan detectado tres casos de candidatos que no cumplen el requisito establecido en la Constitución de tener promedio mÃnimo de ocho en la licenciatura en derecho. | ||||
| Viernes 20 de Junio de 2025 | ||||
| Por: La Jornada | ||||
Hasta anoche, como resultado de este análisis, se habÃan detectado tres casos de candidatos que no cumplen el requisito establecido en la Constitución de tener promedio mÃnimo de ocho en la licenciatura en derecho. Pero la traba más grande no serÃa ahÃ, sino en el método para comprobar la segunda caracterÃstica que exige la Carta Magna: tener nueve de promedio en las materias de la especialidad para la cual se compite. Otro problema a resolver es qué se hará en los casos –pocos o muchos– de cancelación de triunfo; es decir, ¿el segundo lugar en la elección pasarÃa entonces a ser el ganador? ¿Se dejarÃa el cargo vacante o subirÃa el siguiente, pero del mismo sexo que el dado de baja? Según fuentes del INE, ya hubo avance en cuanto a definir una metodologÃa más flexible de revisión de promedios académicos, aunque persistÃan las diferencias entre consejeros y funcionarios hasta por la interpretación gramatical del párrafo constitucional que a la letra dice: Para ser electo magistrada o magistrado de circuito, asà como jueza o juez de distrito, se necesita contar el dÃa de la publicación de la convocatoria con tÃtulo de licenciatura en derecho expedido legalmente y haber obtenido un promedio general de calificación de cuando menos ocho puntos o su equivalente, y de nueve puntos o equivalente en las materias relacionadas con el cargo al que se postula en la licenciatura, especialidad, maestrÃa o doctorado. Para el caso de magistrada o magistrado de circuito deberá contar además con práctica profesional de al menos tres años en un área jurÃdica afÃn a su candidatura. Prácticamente cada consejero del INE tiene una visión frente al texto, incluso por razones de sintaxis, y por tanto hay conclusiones variadas. Carla Humphrey, por ejemplo, halló 34 casos que no cumplirÃan con el promedio de nueve en los estudios de especialidad. La metodologÃa buscarÃa estar más acorde para elegir materias especÃficas para hacer el cálculo del promedio. En esta revisión, realizada otra vez durante la madrugada de ayer por integrantes del área jurÃdica del INE, y que concluirÃa hoy, se agregarán pruebas nuevas (supervenientes), pero sobre todo se busca cumplir con los parámetros que ya dio la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). El consejero Jorge Montaño citó en la sesión del miércoles una sentencia del TEPJF promovida contra decisiones de los comités de evaluación, uno por cada poder de la Unión. (Por disposición constitucional, esta vez, de cara a la elección judicial, el INE no fue el órgano responsable de revisar la documentación de los aspirantes, sino los comités). En ese momento (enero pasado), el TEPJF reconoció que el párrafo constitucional en referencia era ambiguo y estigmatizante, e incidÃa de manera desproporcionada en la intención de las personas a ser votadas. |
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