De Veracruz al mundo
Corte fija tope al cobro de comisiones de las Afores.
Los ministros respaldan que fijar un tope al cobro de comisiones de Afores privilegia la seguridad social y las medidas de un sistema de ahorros que permita pensiones dignas
Jueves 30 de Octubre de 2025
Por: Excelsior
Foto: Cuartoscuro .
Ciudad de México.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la constitucionalidad del Artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (SAR), que fija un límite a las comisiones que cobran las Afores a los trabajadores.

En el proyecto, que fue aprobado por unanimidad, la ministra ponente, Yasmín Esquivel, planteó que debe privilegiar la seguridad social y las medidas de un sistema de ahorros que permita pensiones dignas, como lo establece la reforma aprobada en 2020, para proteger los recursos de los trabajadores.



Una administradora presentó un amparo, con el argumento de que el artículo impugnado afecta a la libertad de comercio y a la confianza legítima, por lo que un Juez de Distrito le concedió un amparo.

Esta resolución fue impugnada por el Ejecutivo Federal y por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), lo que llevó el asunto hasta la SCJN.

“No es procedente analizar la norma y sus eventuales efectos como si se tratara de un libre mercado, pues el Sistema de Ahorro para el Retiro es de orden público regulado y su objeto principal es la protección de los trabajadores y sus recursos, por lo que los agentes que ahí se desenvuelven no cuentan con total autonomía para operar en un mercado que prime la libre competencia”.

“No es procedente analizar la norma y sus eventuales efectos como si se tratara de un libre mercado, pues el Sistema de Ahorro para el Retiro es de orden público regulado y su objeto principal es la protección de los trabajadores y sus recursos, por lo que los agentes que ahí se desenvuelven no cuentan con total autonomía para operar en un mercado que prime la libre competencia”, argumentó la ministra Yasmín Esquivel.

“Considero que la disminución del tope del máximo de las comisiones, que las Afores cobran por la administración de los ahorros de las personas trabajadoras, es una medida que se dirige a beneficiarles a efecto de que puedan tener una pensión que les permita cubrir sus necesidades de manera digna al momento del retiro o jubilación, lo que se traduce en una manera de garantizarles su derecho a la seguridad social”, comentó la ministra Loretta Ortiz Alhf, en la discusión del asunto.

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