| Corte: no proceden amparos para impedir órdenes de aprehensión. | ||||
| Se trata de un recurso utilizado por algunos abogados que, al enterarse que su cliente es sujeto de una investigación penal, se amparan para impedir que el Ministerio Público de alguna fiscalÃa pueda presentar el caso ante un juez y solicitar una orden de aprehensión o de presentación. | ||||
| Miércoles 09 de Octubre de 2019 | ||||
| Por: La Jornada | ||||
Se trata de un recurso utilizado por algunos abogados que, al enterarse que su cliente es sujeto de una investigación penal, se amparan para impedir que el Ministerio Público de alguna fiscalÃa pueda presentar el caso ante un juez y solicitar una orden de aprehensión o de presentación. Este tema habÃa sido motivo de controversia, pues mientras algunos juzgados y tribunales señalaban que este tipo de suspensiones son constitucionales, otros advertÃan que iban contra los principios del Nuevo Sistema de Justicia Penal. La decisión de la Primera Sala de la SCJN se dio al resolver una contradicción de tesis, y por tanto la resolución sentará jurisprudencia en cuanto sea publicada en el Semanario Judicial de la Federación. El proyecto de la ministra Norma LucÃa Piña señala: "El otorgamiento de la suspensión, por un lado, no se traduce en una medida adecuada para alcanzar o proteger algún fin legÃtimo como lo es el derecho de defensa de la persona que será imputada penalmente y, por otro, puede lesionar o incidir de manera negativa en los derechos humanos de las vÃctimas" |
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