| CNDH emite recomendación a PGR y CNS por desaparición en Guerrero. | ||||||
| La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 46/2018, dirigida al encargado de despacho de la ProcuradurÃa General de la República (PGR) y al titular de la Comisión Nacional de Seguridad (CNS), por las irregularidades cometidas en un caso de privación ilegal de la libertad ocurrido en el estado de Guerrero, en contra de dos personas que continúan desaparecidas. | ||||||
| Viernes 02 de Noviembre de 2018 | ||||||
| Por: jornada.unam.mx | ||||||
A través de un comunicado, el organismo público indicó que los agentes del Ministerio Público encargados del caso, asà como el personal de investigación, omitieron realizar una serie de diligencias que, de haberse llevado a cabo de manera oportuna, hubieran ayudado a encontrar a las vÃctimas de este delito y también a los autores del mismo. De igual forma, la CNDH descubrió que personal de la División de Investigación de la PolicÃa Federal habÃa incumplido una orden de aprehensión contra uno de los probables responsables del ilÃcito investigado. Por otra parte, documentó que los agentes ministeriales de la Federación no agotaron todas las lÃneas de investigación, ya que solicitaron a la PolicÃa Federal indagar sólo aspectos relacionados con los probables responsables del delito, pero olvidaron ordenar la búsqueda, localización y rescate de las vÃctimas. Además, no inspeccionaron los audios que entregaron los policÃas federales sobre las negociaciones e intervenciones telefónicas; no ordenaron ni solicitaron la colaboración de las distintas autoridades para la búsqueda de las vÃctimas, ni se investigaron los datos aportados por los testigos. De la misma forma, tampoco solicitaron a un juez la intervención de las lÃneas telefónicas de otros sujetos relacionados con los probables responsables, ni dieron el seguimiento al número telefónico de una de las vÃctimas que era utilizado por el probable responsable para la negociación del pago de rescate, y no solicitó la intervención judicial de dicha lÃnea telefónica, sino hasta 37 dÃas después del delito. |
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