De Veracruz al mundo
Senado aprueba reforma a Ley del Servicio Exterior.
A fin de ampliar la edad de jubilación de los diplomáticos de carrera, incorporar medidas a favor de la igualdad de género, así como aumentar beneficios salariales y prestaciones laborales
Martes 20 de Marzo de 2018
Por: Excelsior
Ciudad de México.- El Senado de la República aprobó reformar la Ley del Servicio Exterior Mexicano (SEM), a fin de ampliar la edad de jubilación de los diplomáticos de carrera, incorporar medidas a favor de la igualdad de género, y aumentar beneficios salariales y prestaciones laborales, entre otros.

En el rubro de la redimensión de beneficios se encuentran el incremento de la edad de jubilación de 65 a 70 años; la incorporación del apoyo económico complementario a la pensión del ISSSTE hasta en un 50 por ciento más a los ya jubilados y en un 100 por ciento más a los próximos por jubilarse; la ayuda para el pago parcial de guardería y preescolar; el apoyo integral para educación y asistencia para dependientes económicos con discapacidad; la incorporación de la licencia de paternidad y de mecanismos flexibles de separación del SEM por comisión en otras dependencias del Gobierno federal, trabajo en organismos internacionales u otras razones”, explicó la senadora Laura Rojas al presentar la iniciativa.

Entre los cambios más sustantivos de la minuta, que pasa a la Cámara de Diputados, se elimina el límite de edad para ingresar al SEM de 30 años; y se incluye medidas a favor de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, como la paridad en el ingreso al SEM.

Es importante mencionar la incorporación de una medida mediante la cual el secretario autorizará la apertura, cierre o redefinición de Consulados Generales, –previa recomendación de la Comisión de Personal– debiéndose notificar dicha determinación al Senado, terminando así con la discrecionalidad y la opacidad de estos procesos”, explicó la presidenta de la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado.

El proyecto agrega una armonización con el nuevo régimen de responsabilidades de los servidores públicos establecido en la ley general de la materia y establece obligaciones de transparencia y rendición de cuentas a los embajadores y cónsules generales, quienes deberán enviar al Senado anualmente y por escrito un informe de actividades.

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