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Preocupante, revisión policial a personas y autos sin orden judicial: CNDH.
El organismo nacional presidido por Luis Raúl González Pérez se dijo respetuoso del fallo de la Corte.
Mircoles 14 de Marzo de 2018
Por: jornada.unam.mx
Ciudad de México.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) manifestó su preocupación ante la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de declarar constitucionales las revisiones policiacas a personas y vehículos sin orden judicial, con lo cual se pueden seguir presentando violaciones a las garantías fundamentales, particularmente entre los más jóvenes.

El organismo nacional presidido por Luis Raúl González Pérez se dijo respetuoso del fallo de la Corte. Sin embargo, manifestó su preocupación "desde el ámbito de los derechos humanos, porque más allá de contribuir a que exista un entorno de mayor seguridad y menor violencia en nuestro país, los preceptos que fueron impugnados sigan propiciando violaciones a derechos y libertades básicas de las personas, sobre todo en contra de adolescentes y jóvenes".

Ayer, la Corte declaró que es constitucional que los cuerpos policiacos lleven a cabo revisiones a personas y vehículos sin contar con mandamientos judiciales, contenidas en los artículos 132, 147, 251, 266 y 268 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Con esa resolución, el máximo tribunal del país desechó los argumentos de las acciones de inconstitucionalidad promovidas por la CNDH y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

Este miércoles, la CNDH dio a conocer su posición en torno a ese fallo y subrayó que entre los derechos fundamentales que la aplicación de estos artículos pueden vulnerar, se encuentran los derechos de presunción de inocencia, debido proceso, seguridad jurídica, libertad personal y el principio de legalidad.

Además, agregó, faculta a la autoridad policial a llevar a cabo la inspección de una persona o de su vehículo, por la simple existencia de una “sospecha razonable”, lo cual, "contraviene principios procesales y directrices básicas del sistema penal acusatorio mexicano".

El organismo nacional recordó que en su oportunidad promovió una acción de inconstitucionalidad contra este tipo de revisiones a fin de brindar seguridad jurídica a las personas al evitar que la ambigüedad y vaguedad de la redacción de los preceptos impugnados siguiera propiciando la amplia discrecionalidad y subjetividad que a la fecha existe para que las autoridades detengan e inspeccionen a personas, sin mediar orden judicial o que existan parámetros objetivos para justificar la realización de tales actos de molestia o normas que determinen y acoten los términos y condiciones en que habrán de llevarse a cabo.

"Las detenciones arbitrarias han sido unas de las principales causas de inconformidad ante la CNDH en los últimos años, habiéndose registrado 10 mil 225 quejas por este motivo entre 2007 y 2017, tan sólo en el ámbito federal. POr lo que este organismo nacional y el Sistema Nacional de Ombudsperson se encuentran realizando un informe sobre este tema para dimensionarlo y determinar sus causas a nivel nacional, cuestión que resulta de particular importancia pues con frecuencia, las detenciones arbitrarias se vinculan a otras violaciones a derechos humanos de mayor gravedad como tortura; tratos crueles, inhumanos o degradantes o desapariciones".

El organismo dijo que seguirá atento para recibir las denuncias y documentar los excesos que se cometan en la aplicación de los preceptos cuya constitucionalidad se resolvió, a la vez que promoverá el que se certifique y capacite al personal de las instituciones policiacas que tenga a cargo su aplicación, así como el que se formulen protocolos de actuación para tal efecto, los cuales prevean mecanismos de supervisión externa y una debida rendición de cuentas.

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