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Caso Iguala: Corte analiza compensación subsidiaria a jugador de "Los Avispones".
Un jugador de Los Avispones solicitó un amparo para dejar sin efecto una resolución en la que se aprobó la reparación del daño ; pero al ser víctima se le otorgó una compensación subsidiaria
Miércoles 28 de Febrero de 2018
Por: Excelsior
Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará por primera vez un asunto relacionado con el caso Iguala luego de atraer, este miércoles, un amparo sobre la reparación del daño a un jugador del equipo de futbol ‘Los Avispones’, quien resultó herido la tarde del 26 de septiembre de 2014 durante el ataque y desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa.

A propuesta del ministro Eduardo Medina Mora, la Segunda Sala del máximo tribunal ejerció por unanimidad su facultad de atracción sobre el caso, a petición de los magistrados de un tribunal colegiado en materia administrativa de la Ciudad de México, debido al interés y trascendencia del asunto.

Y es que el jugador del equipo de futbol solicitó un amparo para que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) deje sin efecto la resolución del 11 de octubre de 2016, en el que se aprobó un monto de solamente 566 mil pesos como medidas de reparación del daño que sufrieron los jóvenes.

Los días 26 y 27 de septiembre de 2014, en el Municipio de Iguala, Guerrero, se suscitaron acontecimientos violentos, en perjuicio de diversos estudiantes de la Normal Rural de Ayotzinapa, así como de diversos jóvenes integrantes del equipo de fútbol Los Avispones, que viajaban en un autobús en la carretera de Chilpancingo, entre los cuales, se encontraba el quejoso quien resultó lesionado.

Poco más de un año después, el agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a la oficina de investigación de la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad, reconoció al joven la calidad de víctima directa del delito de lesiones en las indagatorias iniciadas por la Procuraduría General de la República y a dos de sus familiares la calidad de víctimas indirectas.

Tras el reconocimiento, el agente del MP solicitó a la CEAV el otorgamiento de compensación subsidiaria, con fundamento en el artículo 67, inciso a), de la Ley General de Víctimas, por tratarse de víctimas directa e indirectas del delito de lesiones en las indagatorias iniciadas por la PGR.

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