| Juntos Mexicanos Organizados no será agrupación polÃtica nacional: INE. | ||||||
| En sesión, la Comisión de Prerrogativas y Partidos PolÃticos del INE informó que no podrá conformarse como agrupación polÃtica nacional al incumplir los requisitos marcados por la ley | ||||||
| Lunes 20 de Abril de 2026 | ||||||
| Por: El Heraldo de México | ||||||
En sesión, la Comisión de Prerrogativas y Partidos PolÃticos del INE informó que ante la omisión de presentar la documentación requerida, no resulta procedente otorgar el registro como agrupación polÃtica nacional a la asociación Juntos Mexicanos Organizados (JMO). Cabe aclarar que JMO no estaba en el listado de asociaciones que buscan ser partidos polÃticos nacionales, sino que estaba en un proceso anterior para conformarse como agrupación polÃtica nacional. La asociación del ex panista y exgobernador de Guanajuato, Juan Manuel Oliva, no cumplió ni siquiera con el mÃnimo de afiliados, tampoco presentaron otros documentos como la personalidad jurÃdica encargada de la adoración, sus liderazgos y emblema. Con esto, el INE frena a esta asociación que en el futuro también buscaba ser partido polÃtico nacional y competir por cargos públicos. ¿Cuáles son los requisitos para ser agrupación polÃtica nacional? La decisión de la comisión de Prerrogativas y Partidos PolÃticos deberá ser notificada al Consejo General del Instituto Nacional Electoral para que también la apruebe o la rechace. Los requisitos mÃnimos que marca el INE para conformarse como agrupación polÃtica nacional son tener como MÃnimo 5 mil personas asociados en el paÃs, un órgano directivo de carácter nacional, delegaciones en cuando menos siete entidades federativas, documentos básicos, asà como un denominación distinta a cualquier otra agrupación o partido polÃtico. La asociación que pretenda constituirse como APN deberá notificar por escrito tal propósito al Instituto, dentro del perÃodo comprendido del 3 de marzo al 17 de diciembre del año 2025, en dÃas y horas hábiles, entendiendo por éstos de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas.?En caso de que se incumpliera con alguno de los requisitos señalados previamente, la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos PolÃticos (DEPPP) lo hará del conocimiento de la asociación dentro de los 5 dÃas hábiles siguientes a la recepción de la notificación, mediante oficio dirigido a la representación legal y le otorgará un plazo de 3 dÃas hábiles contados a partir del dÃa siguiente al de la notificación para subsanar los errores u omisiones que le fueron manifestados. |
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