De Veracruz al mundo
Deben ser supervisadas empresas que venden armas, asevera Coridh.
El criterio quedó plasmado en la Opinión Consultiva 30 de 2025, cuyos puntos centrales fueron presentados ayer por el presidente del tribunal, Rodrigo Mudrovitsch, en un acto transmitido por Internet.
Viernes 06 de Marzo de 2026
Por: La Jornada
Foto: .Alfredo Domínguez
CDMX.- En respuesta a una consulta presentada por México, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coridh) opinó que los estados están obligados a prevenir el tráfico ilícito de armas mediante normas internas, supervisión de empresas del sector y cooperación internacional.

El criterio quedó plasmado en la Opinión Consultiva 30 de 2025, cuyos puntos centrales fueron presentados ayer por el presidente del tribunal, Rodrigo Mudrovitsch, en un acto transmitido por Internet.

La opinión se da en un contexto en el que Estados Unidos permanece como la principal fuente de armas utilizadas en delitos en México. El gobierno ha señalado que alrededor de 200 mil armas de origen estadunidense son traficadas cada año hacia territorio nacional.

La opinión consultiva fue solicitada por el gobierno mexicano en noviembre de 2022, durante la administración del ex presidente Andrés Manuel López Obrador, en relación con las actividades de empresas privadas de la industria de armas y sus efectos en los derechos humanos. El Estado mexicano pidió al tribunal que se pronunciara sobre la falta de debida diligencia y sobre prácticas negligentes o intencionales que facilitan el tráfico ilícito y la disponibilidad indiscriminada de armas, lo que –sostuvo– incrementa la violencia en la región.

Al presentar la resolución, el juez Mudrovitsch explicó que el tribunal reformuló la consulta presentada por México para concentrarla en una pregunta central: “¿Cuáles son las obligaciones de los estados en materia de derechos humanos frente al tráfico ilícito de armas?”.

Señaló que la corte examinó el contexto regional de violencia vinculado a la circulación ilegal de armamento y advirtió que este fenómeno tiene consecuencias directas en las garantías protegidas por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, entre ellas la vida y la integridad personal.

Ante ese escenario, el tribunal concluyó que los estados tienen un deber de debida diligencia frente a actividades que puedan derivar en el tráfico ilícito de armas. Éste comprende cuatro obligaciones principales: adoptar normas internas adecuadas, supervisar las actividades empresariales vinculadas al sector, garantizar recursos judiciales efectivos para las víctimas y promover la cooperación internacional.

También indicó que los países deben establecer mecanismos de marcaje, registro y rastreo de armas de fuego para permitir su seguimiento, realizar evaluaciones de riesgo antes de autorizar importaciones o exportaciones y aplicar medidas de seguridad en la gestión de arsenales estatales y de armas decomisadas.

En relación con las empresas privadas, sostuvo que los estados deben supervisar y fiscalizar sus actividades para asegurar el cumplimiento de las regulaciones sobre comercio de armas y de las obligaciones de respeto a los derechos humanos.

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