De Veracruz al mundo
Publica SSPC reformas y adiciones a Ley Nacional Sobre Uso de la Fuerza.
Agrega que el uso de la fuerza se regirá por el principio de racionalidad, la cual será la decisión en la que se valora el objeto que se persigue, las circunstancias de la agresión, las características personales y las capacidades tanto del sujeto a controlar como del integrante de las fuerzas de seguridad, lo que implica que, dada la existencia del acto o intención hostil, es necesario la aplicación del uso de la fuerza.
Miércoles 24 de Enero de 2024
Por: La Jornada
Foto: .Alfredo Domínguez / Archivo
CDMX.- La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decretó por el que se reforman y adicionan los artículos 3, 4 y 6 de la Ley Nacional Sobre el uso de la Fuerza, que tiene por objetivo incorporan los principios de racionalidad y oportunidad, conforme a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y se elimina el término “fuerza epiletal”; entrará en vigor mañana jueves 25 de enero.


El documento establece que la finalidad del uso de la fuerza también es salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación, preservación o restablecimiento del orden público, seguridad y la paz pública.

Agrega que el uso de la fuerza se regirá por el principio de racionalidad, la cual será la decisión en la que se valora el objeto que se persigue, las circunstancias de la agresión, las características personales y las capacidades tanto del sujeto a controlar como del integrante de las fuerzas de seguridad, lo que implica que, dada la existencia del acto o intención hostil, es necesario la aplicación del uso de la fuerza.

De igual modo, por el principio de oportunidad, cuando se requiera hacer uso de la fuerza se debe evitar todo tipo de actuación innecesario cuando exista evidente peligro o riesgo de la vida de las personas ajenas a los hechos. Esto significa que debe procurarse en el momento y en el lugar en el que se reduzcan al máximo los daños y afectaciones tanto a la vida como a la integridad de las personas involucradas y sus bienes y en general, la afectación de los derechos de las personas.

Del artículo 6, fracción V, elimina “fuerza epiletal”, en el concepto de lesión grave.

Nos interesa tu opinión

  Más noticias
22:47:43 - Afirma titular de Sedecop que en marzo se anunciaron inversiones privadas por mil 186 millones de dólares en el estado de Veracruz
22:44:15 - Aunque no ha reconocido la responsabilidad del derrame, Pemex anuncia apoyo para mitigar afectaciones en Veracruz y Tabasco
21:53:47 - Advierte dirigencias nacional de MC que ampliarán denuncia interpuesta por derrame de petróleo en costas de la entidad
21:45:02 - Aumento en el precio de combustibles ya impacta de lleno en la operatividad del Cuerpo de Bomberos de Orizaba, afirma comandante
21:42:37 - Suprimen Fiscalía Especializada en Delitos Relacionados con Hechos de Corrupción y Cometidos por Servidores Públicos
21:39:35 - Ayuntamiento de Xico realiza consulta ciudadana sobre instalación de planta de almacenamiento y distribución de gas en San Marcos de León
21:26:47 - Corte ordena revisar sentencias por falta de asistencia consular en casos de secuestro de extranjeros
21:20:58 - Derrame de hidrocarburo en Golfo de México afecta a siete áreas naturales protegidas: Conanp
ver todas las noticias

  Lo más visto
> Directorio     > Quiénes somos
® Gobernantes.com Derechos Reservados 2016