De Veracruz al mundo
Publica SSPC reformas y adiciones a Ley Nacional Sobre Uso de la Fuerza.
Agrega que el uso de la fuerza se regirá por el principio de racionalidad, la cual será la decisión en la que se valora el objeto que se persigue, las circunstancias de la agresión, las características personales y las capacidades tanto del sujeto a controlar como del integrante de las fuerzas de seguridad, lo que implica que, dada la existencia del acto o intención hostil, es necesario la aplicación del uso de la fuerza.
Miércoles 24 de Enero de 2024
Por: La Jornada
Foto: .Alfredo Domínguez / Archivo
CDMX.- La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decretó por el que se reforman y adicionan los artículos 3, 4 y 6 de la Ley Nacional Sobre el uso de la Fuerza, que tiene por objetivo incorporan los principios de racionalidad y oportunidad, conforme a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y se elimina el término “fuerza epiletal”; entrará en vigor mañana jueves 25 de enero.


El documento establece que la finalidad del uso de la fuerza también es salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación, preservación o restablecimiento del orden público, seguridad y la paz pública.

Agrega que el uso de la fuerza se regirá por el principio de racionalidad, la cual será la decisión en la que se valora el objeto que se persigue, las circunstancias de la agresión, las características personales y las capacidades tanto del sujeto a controlar como del integrante de las fuerzas de seguridad, lo que implica que, dada la existencia del acto o intención hostil, es necesario la aplicación del uso de la fuerza.

De igual modo, por el principio de oportunidad, cuando se requiera hacer uso de la fuerza se debe evitar todo tipo de actuación innecesario cuando exista evidente peligro o riesgo de la vida de las personas ajenas a los hechos. Esto significa que debe procurarse en el momento y en el lugar en el que se reduzcan al máximo los daños y afectaciones tanto a la vida como a la integridad de las personas involucradas y sus bienes y en general, la afectación de los derechos de las personas.

Del artículo 6, fracción V, elimina “fuerza epiletal”, en el concepto de lesión grave.

Nos interesa tu opinión

  Más noticias
19:27:47 - Se le revierte a Trump; aranceles a productos del campo mexicano, disparó precios en EU
19:25:37 - EU lanza ataques 'de autodefensa' contra objetivos iraníes en el sur de Irán
19:14:23 - PAN advierte que 'se volverá loco' si imputan a Maru Campos por caso CIA; alista movilización en su defensa
17:30:17 - Guanajuato: agente de la FGE muere tras agresión armada en Salamanca
17:28:51 - Madres buscadoras realizan brigada y pega de fichas en Acapulco; exigen avances a la FGE
17:27:21 - Sección 7 de la CNTE condena represión contra maestros en el Zócalo capitalino
17:26:11 - Alcalde de Cuautla tramita amparo para evitar detención tras Operación Enjambre
17:19:39 - Estados Unidos abre segunda causa penal contra Maduro por lavado de dinero
ver todas las noticias

  Lo más visto
> Directorio     > Quiénes somos
® Gobernantes.com Derechos Reservados 2016