De Veracruz al mundo
Juez rechaza suspender nuevo Reglamento sobre Control de Tabaco.
Jueves 19 de Enero de 2023
Por: La Jornada
Ciudad de México.- El Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en Ciudad de México rechazó suspender el nuevo Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, que prohíbe a tiendas de abarrotes, de conveniencia y de autoservicios exhibir al púbico cajetillas de cigarros, mientras los restaurantes no podrán servir alimentos y bebidas en espacios destinados para fumar.

El juez Ulises Oswaldo Rivera González, admitió a trámite el recurso de amparo que promovieron tres personas, no obstante, no les concedió la suspensión provisional.

El impartidor de justicia señaló es improcedente conceder esa medida para los efectos solicitados, porque con su concesión se contravendrían disposiciones de orden público e interés social teniendo en cuenta el daño que puede ocasionar al público el consumo de productos elaborados con tabaco.

Los particulares promovieron el recurso contra el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de dicha enmienda.

El togado fijó las nueve horas con treinta minutos del 27 enero para celebrar la audiencia incidental; donde determinará si le concede la suspensión solicitada por los quejosos.

Además, requirió a las autoridades responsables para que rindan su informe previo dentro del término de 48 horas en la que queden notificadas de la presente resolución judicial.

El 14 de diciembre el Ejecutivo Federal publicó por conducto de la Secretaría de Salud las modificaciones a la normatividad, que tienen como fin “proteger a la población contra la exposición al humo de tabaco y emisiones en cualquier área física con acceso al público, en los espacios cerrados, en todo lugar de trabajo, en el transporte público, en espacios de concurrencia colectiva, así como en las escuelas públicas y privadas de todos los niveles educativos�.

El reglamento modificó diversos artículos que implican la exhibición directa e indirecta de las cajetillas de cigarros en las tiendas de conveniencia, de abarrotes, de autoservicio o cualquier otro punto de venta.

El texto divulgado en el Diario Oficial de la Federación señala que para vender productos de tabaco en cualquier comercio, se usará un listado de la mercancía, el cual sólo debe contener la marca y el precio, sin mostrar elementos gráficos como logotipos.

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