De Veracruz al mundo
Revocación de Mandato: Oposición interpone acción de inconstitucionalidad contra “decretazo”.
Presentaron esa acción pese a que el TEPJF declaró que ese decreto de interpretación del concepto de “propaganda gubernamental” no es aplicable
Miércoles 30 de Marzo de 2022
Por: El Heraldo de México
CDMX.- El bloque opositor en el Senado (PAN, PRI, PRD y Grupo Plural) acudieron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a interponer una acción de inconstitucionalidad contra el decreto de interpretación auténtica que permite a funcionarios públicos, incluido al titular del Ejecutivo Federal, promover la revocación de mandato.

Los legisladores presentaron esa acción a pesar de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ya declaró que ese decreto de interpretación auténtica del concepto de “propaganda gubernamental” no es aplicable a la revocación de mandato.

En ese sentido, los legisladores esperan que la acción de inconstitucionalidad presentada ante la Suprema Corte sea considerada con la misma convicción y vocación democráticas y sea resuelta en la misma dirección que la resolución del TEPJF


"Lo anterior seguirá fortaleciendo el Estado de Derecho, el respeto a los principios de equidad en las contiendas electorales y el pleno respeto a los procesos y voluntad del Poder Legislativo", precisaron.


El decreto fue avalado por el Congreso y publicado el pasado 17 de marzo en el Diario Oficial de la Federación (DOF), así como de diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley Federal de Revocación de Mandato, que buscaban que legisladores, gobernadores y demás servidores públicos, incluido el presidente de la República, pudieran promover la esta iniciativa de ley.

Los senadores del bloque de contención advirtieron que este atropello contravenía la Carta Magna del país y que esta excepción, modificaba de manera sustancial y grave la equidad en este ejercicio electoral.

El pasado 28 de marzo, la Sala Superior del TEPJF declaró inaplicable dicho Decreto de interpretación y señaló que este “no realiza una interpretación auténtica del concepto ´propaganda gubernamental´, sino que se establece una excepción a la prohibición de difusión de propaganda gubernamental durante el desarrollo de un proceso de revocación de mandato, lo cual, es violatorio de la prohibición prevista en la propia Constitución general”.

En este sentido, la declaración del TEPJF asistió en la razón a las y los senadores que consideraron que este decreto era a todas luces improcedente.

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