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Aprueban prohibir a TEPJF “corregir” decisiones de órganos de gobierno del Congreso y Senado.
El Pleno de la Cámara Alta aprobó una reforma en la cual le prohíben al TEPJF “corregir” decisiones del Congreso y Senado.
Mircoles 16 de Marzo de 2022
Por: SDP Noticias.com
Ciudad de México.- El Pleno de la Cámara Alta aprobó una reforma en la cual le prohíben al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) “corregir” decisiones de órganos como el Congreso de la Unión y el Senado de la República.

La noticia fue dada a conocer por la periodista Lety Robles de la Rosa, quien expresó por medio de su cuenta de Twitter, que la decisión se tomó con 59 votos a favor, 39 en contra y una abstención.

‼️EXTRA EXTRA‼️ El pleno del @senadomexicano aprueba la reforma que prohíbe al

@TEPJF_informa “corregir” decisiones de los órganos de gobierno de @Mx_Diputados

y @senadomexicano.

LETY ROBLES DE LA ROSA





La reforma, hecha por la Cámara Alta, evitará la intromisión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) a partir de la Ley General de Sistema de Medios de Impugnación.



Esta última declarará “improcedencia” en las decisiones parlamentarios relativas a la integración, organización y funcionamiento internos de las comisiones legislativas.

Por lo cual, se remitirá al Poder Ejecutivo, es decir, al Presidente, para sus efectos correspondientes.

Reforma al TEPJF es una “violación inminente”: Oposición
Cabe destacar que los partidos de oposición, Acción Nacional (PAN), el Revolucionario Institucional (PRI), el de la Revolución Democrática (PRD), entre otros; tacharon el hecho como “una violación inminente”.

Esto porque la reforma al Tribunal Electoral del Poder Judicial (TEPJF) restringe el derechos a los legisladores a impugnar actos parlamentarios.


¿En qué consiste la reforma que prohíbe al TEPJF “corregir” decisiones del Congreso y Senado?
De acuerdo con el portal Político MX, la reforma que prohíbe al TEPJF corregir decisiones del Congreso y el Senado consiste en la adición de un inciso al numeral 1 del artículo 10 de la Ley General de Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.


En la cual, los actos parlamentarios serán causal de improcedencia de los medios de impugnación en materia electoral.

Al justificar el dictamen, Mónica Fernández, de la Comisión de Gobernación, expresó que dicha reforma se refiere solo a la vida dentro del Congreso y no a la atribuciones otorgadas al Poder Legislativo en cada una de sus cámaras en el ejercicio de sus funciones.

Asimismo, destacó que con este acto se pretenden fortalecer el marco del derechos parlamentario y poner un límite al Tribunal Electoral, TEPJF.


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