De Veracruz al mundo
Busca Morena permitir opiniones de funcionarios previo a la revocación.
La propuesta presentada esta tarde en el pleno, y a la que se dispensaron todos los trámites, plantea: “No constituyen propaganda gubernamental las expresiones de las personas servidoras públicas, las cuales se encuentran sujetas a los límites establecidos en las leyes aplicables”.
Jueves 10 de Marzo de 2022
Por: La Jornada
CDMX.- Para que las opiniones de los funcionarios, incluido el presidente de la República, no sean consideradas propaganda gubernamental y pueda hacer declaraciones previas a la fecha de la revocación de mandato, Morena introdujo a discusión hoy en la Cámara de Diputados una iniciativa de reforma a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.



En una decisión que fue cuestionada por la oposición como un “albazo”, Morena impuso su mayoría para que el tema se agendara en la sesión de hoy. La reforma pretende incluso impedir que las autoridades electorales impongan sanciones por “censuras previas” a los funcionarios y que estos puedan “expresarse libremente”.

La propuesta presentada esta tarde en el pleno, y a la que se dispensaron todos los trámites, plantea: “No constituyen propaganda gubernamental las expresiones de las personas servidoras públicas, las cuales se encuentran sujetas a los límites establecidos en las leyes aplicables”.

En su iniciativa, Morena reconoce que trasladó a la Ley de Revocación de Mandato Presidencial, las mismas prohibiciones que en materia electoral se definen para que, durante los tiempos de campaña, solo se emitan logros de gobierno en materia de educación, salud o de medidas por declaratorias de emergencia.

Después de aprobar la reforma a la Constitución para incluir la figura de revocación de mandato, Morena en la 64 Legislatura incurrió en una falla en la ley, al definir que sus obligaciones entrarían en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

De facto, ello implicaba que de inmediato se suspendiera toda publicidad gubernamental, aun cuando el proceso de revocación de mandato no hubiera iniciado.


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Ante ello, tuvo que presentar una iniciativa para acotar que la propaganda gubernamental solo se suspendería en la etapa de promoción del proceso de revocación de mandato, esto es entre febrero y abril de este año.

No obstante, en su iniciativa ahora Morena reconoce que al dejar sin definición qué se entiende por propaganda gubernamental, acusó que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación asumió decisiones en la materia que no le corresponden y que son materia del Legislativo.

En todo ese contexto se presentó hoy la iniciativa, que define a la propaganda gubernamental de la siguiente manera:

“El conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones y proyecciones difundidas, bajo cualquier modalidad de comunicación social, con cargo al presupuesto público, etiquetado de manera específica para ese fin, por un ente público (poderes de la Federación, entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como órganos constitucionales autónomos, o cualquier otra dependencia o entidad de carácter público), con el objeto de difundir el quehacer, las acciones o los logros relacionados con sus fines, o información de interés público referida al bienestar de la población, cuyas características deberán ajustarse a lo señalado en el artículo 134, párrafo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

Además de plantear que las opiniones de funcionarios no sean consideradas propaganda, Morena propone que tampoco lo sean “la información pública, que debe ser difundida bajo cualquier formato por las personas servidoras públicas”.

La iniciativa considera que la obligación de los funcionarios públicos federales , estatales y municipales, respecto de ejercer el gasto público de manera imparcial, implica la aplicación de los recursos como parte de instrucción a colaboradores.

También, la aplicación de recursos financieros para el pago directo de, o la ocupación de cualquier tipo de bien material propiedad pública bajo su cargo o con acceso a éste, de manera absolutamente ajena a la realización de reuniones públicas, asambleas, marchas y, en general, aquellos actos que impliquen apoyo a personas aspirantes, precandidatas, candidatas o a partidos políticos antes, durante o después de las campañas electorales, además de las previstas de manera expresa en las leyes.

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