De Veracruz al mundo
Rechaza la Corte controversia de Lía Limón contra el Invea.
Una vez ocurrido alguno de esos supuestos, agrega el artículo, en ningún momento posterior puede abrirse un nuevo plazo con motivo de un cambio en la administración de la alcaldía o con generar un acto de aplicación desde que se asume la nueva administración.
Viernes 04 de Marzo de 2022
Por: La Jornada
CDMX.- La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó la admisión de una controversia constitucional promovida por la alcaldesa de Álvaro Obregón, Lía Limón García, contra la Ley del Instituto de Verificación Administrativa (Invea) de la Ciudad de México y las actividades que realiza el organismo.


Fuentes del gobierno capitalino señalaron que en el recurso presentado, la funcionaria del Partido Acción Nacional (PAN) argumentaba que la norma invade las facultades de la alcaldía, toda vez que el personal de verificación adscrito a la demarcación trabaja bajo las órdenes del director del instituto.

Sin embargo, al analizar el caso, el máximo tribunal del país determinó que la controversia no se podía admitir. Ello, con base en el artículo 105 de la ley reglamentaria constitucional que se señala que el plazo para impugnar una norma general es de 30 días a partir de su publicación o del día siguiente al que se produjo un acto de aplicación de la ley vigente que dé lugar al recurso.

Una vez ocurrido alguno de esos supuestos, agrega el artículo, en ningún momento posterior puede abrirse un nuevo plazo con motivo de un cambio en la administración de la alcaldía o con generar un acto de aplicación desde que se asume la nueva administración.

De esta manera, la SCJN concluyó que la alcaldía promovente pretendía que se le admitiera la controversia considerando el momento en el que Limón García tomó posesión del cargo y conocimiento de la situación, o bien, a partir de que se generó alguna actividad de verificación por personal del Invea.

Reclamo sin sustento
En junio de 2019, el Congreso de la Ciudad de México aprobó una reforma a la Ley del Instituto de Verificación Administrativa con la que se delimitan las facultades de las alcaldías y el organismo.

Aunado a ello, dicha norma fue aplicada por la misma alcaldía en la anterior administración, motivo por el cual el recurso promovido fue considerado como extemporáneo.

Los verificadores dependen material y económicamente del Invea y son comisionados por el instituto en las demarcaciones, mismas que tienen la atribución de realizar visitas de verificación y substanciar dichos procedimientos, según establece la misma ley.

En meses recientes, los alcaldes de oposición han promovido 13 controversias contra leyes aprobadas por el Congreso de la Ciudad de México, seis relacionadas con las facultades de verificación administrativa del gobierno capitalino.


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