De Veracruz al mundo
Sandra Cuevas no ha acreditado personalidad jurídica, aclara FGJ.
La Fiscalía General de Justicia (FGJ) local informó que ni la alcaldesa de Cuauhtémoc, Sandra Cuevas, ni sus representantes legales, así como servidores públicos han presentado solicitud alguna para acreditar su personalidad jurídica con relación a la carpeta de investigación que inició tras la denuncia que presentaron dos mandos de la Policía Auxiliar de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, quienes aseguraron que fueron agredidos física y verbalmente por la funcionaria y otros empleados.
Sbado 19 de Febrero de 2022
Por: La Jornada
CDMX.- La Fiscalía General de Justicia (FGJ) local informó que ni la alcaldesa de Cuauhtémoc, Sandra Cuevas, ni sus representantes legales, así como servidores públicos han presentado solicitud alguna para acreditar su personalidad jurídica con relación a la carpeta de investigación que inició tras la denuncia que presentaron dos mandos de la Policía Auxiliar de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, quienes aseguraron que fueron agredidos física y verbalmente por la funcionaria y otros empleados.

La institución señaló que investiga a cuatro servidores públicos de la alcaldía Cuauhtémoc, pero aclaró que hasta el momento no ha realizado diligencias —como parte de la indagatoria que inició tras la denuncia de los dos mandos agredidos la noche del viernes 11 de febrero—, entre los que se encuentran citatorios, entrevistas o cumplimiento de orden de aprehensión “que incida en la libertad personal o domiciliaria de las y los imputados, o en su adecuada defensa”.

Además de Cuevas, la FGJ investiga al Director General de Seguridad Ciudadana y Protección Civil; a la Directora de Mercados y Vía Pública y al Jefe de la Oficina de la alcaldesa.

El miércoles pasado Cuevas emitió un comunicado de prensa en el que acusó que, junto con su abogado, no tenía acceso a la carpeta de investigación, por lo que se violaba el debido proceso.

No obstante, la FGJ fijó postura este sábado al aclarar que de acuerdo con el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) “el imputado y su defensor podrán tener acceso a los registros de investigación cuando se encuentre detenido, sea citado a comparecer como imputado o sea sujeto de un acto de molestia y se pretenda recibir su entrevista, a partir de ese momento ya no podrán mantenerse en reserva los registros para el imputado o su defensor a fin de no afectar su derecho de defensa”.

La Fiscalía señaló que de acuerdo con el CNPP “también establece que es potestad del representante social citar o no al investigado”.

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