| Estas son las sanciones que recibirÃa Evelyn Salgado por modificar el Escudo Nacional en un acto oficial. | ||||
| En conferencia de prensa para dar a conocer los avances de la enfermedad COVID-19 en Guerrero, la gobernadora resaltó frente a una serpiente que forma la primera letra de su apellido | ||||
| Martes 30 de Noviembre de 2021 | ||||
| Por: Infobae | ||||
Se trata de una bandera proyectada por detrás de Evelyn, misma que tenÃa el Escudo Nacional completamente modificado, con un águila de frente y la vÃbora formando la letra “Sâ€�. Lo anterior, podrÃa considerarse como una falta a las Leyes, por lo que la gobernadora del Movimiento Regeneración Nacional (Morena) podrÃa hacerse acreedora a una o varias sanciones por parte de la SecretarÃa de Gobernación. Ley sobre el escudo, la bandera e himno nacionales En este sentido, la Ley sobre el escudo, la bandera e himno nacionales, publicada en el Diario de la Federación (DOF) en febrero de 1984, indica las caracterÃsticas que debe tener el escudo nacional. El apartado está en el CapÃtulo Segundo, de las caracterÃsticas de los SÃmbolos Patrios, ArtÃculo segundo: “El Escudo Nacional está constituido por un águila mexicana, con el perfil izquierdo expuesto, la parte superior de las alas en un nivel más alto que el penacho y ligeramente desplegadas en actitud de combate; con el plumaje de sustentación hacia abajo tocando la cola y las plumas de ésta en abanico natural. Posada su garra izquierda sobre un nopal florecido que nace en una peña que emerge de un lago, sujeta con la derecha y con el pico, en actitud de devorar, a una serpiente curvada, de modo que armonice con el conjunto. Varias pencas del nopal se ramifican a los lados. Dos ramas, una de encino al frente del águila y otra de laurel al lado opuesto, forman entre ambas un semicÃrculo inferior y se unen por medio de un listón dividido en tres franjas que, cuando se representa el Escudo Nacional en colores naturales, corresponden a los de la Bandera Nacionalâ€�. Por otra parte, el ArtÃculo quinto del CapÃtulo Tercero del uso y difusión del Escudo Nacional, indica que toda reproducción del mismo, “deberá corresponder fielmente al modelo a que se refiere el ArtÃculo 2o. de esta Ley, el cual no podrá variarse o alterarse bajo ninguna circunstanciaâ€�. Sanciones que podrÃa recibir Evelyn Salgado En caso del incumplimiento de dichas leyes, será la SecretarÃa de Gobernación (Segob) la encargada de hacer cumplir el CapÃtulo séptimo, competencias, infracciones y sanciones, salvo aquello que suceda en los planteles educativos. En este sentido, el ArtÃculo 56, dicta que constituyen una infracción a la Ley las siguientes conductas: I. Alterar o modificar las caracterÃsticas de la Bandera Nacional establecidas en el artÃculo 3o. de esta Ley. Mientras tanto, el ArtÃculo 56 Ter indica que las infracciones serán impuestas considerando criterios como “I. la gravedad de la conducta constitutiva de la infracciónâ€�, en donde se consideran graves las faltas a las fracciones I, II, IV, VI, VII y IX del artÃculo 56. Las infracciones que podrÃa recibir Evelyn Salgado, de acuerdo con el ArtÃculo 56 Quintus, van desde la amonestación con apercibimiento, a la multa de hasta diez mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización al momento de cometerse la infracción o incluso, un arresto de 36 horas. Hasta el momento, la SecretarÃa encabezada por Adán Augusto López Hernández no ha confirmado que se vayan a tomar medidas al respecto, tras la posible falta en la que incurrió la gobernadora Evelyn Salgado, ni a tomado una posición al respecto. |
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