| Suprema Corte valida uso de la fuerza pública en manifestaciones. | ||||
| El Pleno de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación validó este martes el uso de fuerza pública en las manifestaciones | ||||
| Martes 26 de Octubre de 2021 | ||||
| Por: SDP Noticias.com | ||||
Lo anterior significa que elementos de justicia de la FiscalÃa General podrán intervenir cuando las manifestaciones se tornen violentas. Pese a que se dio luz verde a estos aspectos fundamentales, la Suprema Corte también debe fundamentar las razones de cuando deba ser usada y con qué fin. Esto para que la nueva norma vaya acorde con los principios de racionalidad y oportunidad. Suprema Corte puede hacer uso de la fuerza si hay objeto lÃcito Si bien se planteó invalidar en un principio los artÃculos 6 y 9 de la constitución, que proponen la libre manifestación y la no coartación de reuniones que tenga por objeto hacer una petición o presentar una protesta. El Pleno de la corte de la Suprema Corte determinó que se puede hacer valida uso de la fuerza “contra manifestaciones pacÃficas en donde si hay objeto lÃcitoâ€�. Por lo cual, se concluyó, por mayorÃa de 7 votos, que la nueva norma no transgrede las garantÃas de libertad de reunión y expresión. Inclusive considera que la validación del uso de la fuerza pública que la Suprema Corte aprobó en las manifestaciones públicas protege a quienes se encuentran dentro de esta. Por su parte, el ministro Arturo ZaldÃvar dijo que no ve ningún problema en validar esta Ley, pues si estos preceptos se interpretan de manera armoniosa no habrá problema, puesto que protegen el derecho a manifestarse de quienes participan dentro de la protesta. La ministra de la Suprema Corte, Margarita Farjat, reiteró que elementos de la fuerza pública tiene la responsabilidad de brindar protección a los manifestantes pues el artÃculo 27 lo avala, ya que no se podrá hacer uso de armas contra quienes protesten. En caso contrario, deberá hacerlo personal con experiencia y capacitación de las fuerzas de PolicÃa.
Suprema Corte no toca artÃculo 36, artÃculo que avala uso de fuerzas letales Es importante destacar que, el artÃculo 36, que hace referencia al uso de fuerzas letales, no fue tocado por la Suprema Corte, mientras que la fracción VII del artÃculo 6 fue invalidada por decisión unánime. Esto para que fuerzas de seguridad puedan hacer uso de “fuerza epitetalâ€�, es decir, utilización de armas menos letales o de fuego que puedan ocasionar una lesión grave al agresor. |
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