| Condenan el asesinato del activista Tomás MartÃnez Pinacho. | ||||||
| La DefensorÃa de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) dictó medidas cautelares a los miembros del FPR, asà como a familiares de la vÃctima mortal | ||||||
| Martes 25 de Agosto de 2020 | ||||||
| Por: Excelsior | ||||||
A su vez, la FiscalÃa General del Estado inició la carpeta de investigación 25943/FDAI/UEIH/2020, por el homicidio calificado del también dirigente del Frente Popular Revolucionario (FPR) en la región Sierra Sur, con disparos de arma de fuego por desconocidos cuando se disponÃa a comer en una taquerÃa, antes de dirigirse a su comunidad de origen, Miahuatlán de Porfirio DÃaz. El hoy occiso participó en una protesta denominada “por la salud, pan, trabajo y seguridad social para los pueblosâ€�, en la que su organización denunció que la administración estatal ha asumido una actitud de cerrazón para resolver las necesidades de los trabajadores del campo y la ciudad. También reclamó justicia para sus compañeros asesinados, la construcción de clÃnicas en las comunidades, dotación de personal, equipo médico y material sanitario, la entrega de subsidio económico y alimentario para los trabajadores, desarrollo de proyectos comunitarios para garantizar trabajo y asistencia técnica e insumos agrÃcolas para el campesino pobre, entre otros. Al concluir la manifestación y en ruta a su comunidad, MartÃnez Pinacho junto con un compañero paró en comer, lugar donde desconocidos lo ejecutaron. Al respecto, la DefensorÃa de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) dictó medidas cautelares a los miembros del FPR, asà como a familiares de la vÃctima mortal y sobreviviente. Lo anterior, al considerar que los integrantes de la agrupación social podrÃan encontrarse en riesgo ante el ataque armado en el que perdió la vida uno de sus integrantes y otro más quedó gravemente herido, ataque armado posterior a las movilizaciones realizadas por dicha agrupación social. Por tanto, la DDHPO solicitó a la SecretarÃa de Seguridad Pública (SSP) la adopción de una medida cautelar o precautoria que permita brindar seguridad a los deudos y a dirigentes de la agrupación, asà como el ejercicio de su derecho de manifestación y libertad de expresión. El órgano autónomo reiteró que la libre manifestación de las ideas es un derecho constitucional que debe ser respetado y garantizado por el Estado, debido a que esto es parte fundamental de la democracia. |
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