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Revoca SCJN dos amparos que permitían uso lúdico de cocaína.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó dos amparos que permitían el uso de la cocaína para fines lúdicos, y que buscaban que el consumo de esta droga se despenalizara, siguiendo la misma ruta jurídica que en el caso de la mariguana.
Miércoles 24 de Junio de 2020
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.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó dos amparos que permitían el uso de la cocaína para fines lúdicos, y que buscaban que el consumo de esta droga se despenalizara, siguiendo la misma ruta jurídica que en el caso de la mariguana.

Por unanimidad y sin debate alguno, los integrantes de la Primera Sala aprobaron los proyectos de sentencia presentado por el ministro Mario Pardo Rebolledo, en donde se avalan los artículos de la Ley General de Salud (LGS) que contienen la prohibición absoluta para la posesión y consumo del éster metílico de benzoilecgonina, conocido como cocaína.

Sin embargo, los ministros no pudieron entrar al fondo de los temas de constitucionalidad y convencionalidad del asunto, debido a que los quejosos se desistieron del juicio, esto como parte de una estrategia legal que evitó que se sentara un precedente sobre la prohibición absoluta del consumo lúdico de esta droga.

Debido al desestimiento, el ministro Pardo tuvo que proponer en su sentencia que se sobreseyeran parcialmente los juicios de amparo, si bien revocó los fallos que en primera instancia se habían otorgado.

Con esto, la SCJN dictó una decisión basada en principios de legalidad, pero no le fue posible -por el desestimiento de los quejoso- abordar los temas de constitucionalidad, con lo cual no se sentó ningún precedente para futuros casos, sobre el consumo lúdico de la cocaína.

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