| Establecen mecanismo para facilitar actas de defunción por Covid-19. | ||||
| También se pretende agilizar el proceso de actas de nacimiento para que las niñas y los niños nacidos que puedan ser registrados a la brevedad para que no exista un rezago y puedan ejercer de inmediato a la identidad como el derecho llave de otros como son la vacunación y el acceso a servicios de salud. | ||||
| Jueves 23 de Abril de 2020 | ||||
| Por: La Jornada | ||||
También se pretende agilizar el proceso de actas de nacimiento para que las niñas y los niños nacidos que puedan ser registrados a la brevedad para que no exista un rezago y puedan ejercer de inmediato a la identidad como el derecho llave de otros como son la vacunación y el acceso a servicios de salud. Por otra parte, “dado el lamentable pero predecible aumento en las defunciones a causa del virus, será necesario que se realice el registro en el menor tiempo posible, a efecto de disponer del cuerpo de la persona fallecida para su incineración o inhumación y evitar acumulación de cuerpos y contagiosâ€�, subrayó Gobernación. A través de la SubsecretarÃa de Derechos Humanos, Población y Migración, solicitó a la gobernadora y los gobernadores del paÃs, asà como a la jefa de gobierno de la Ciudad de México, instrumentar una serie de acciones extraordinarias a efecto de que los registros civiles del paÃs se mantengan abiertos y brinden un servicio eficiente e inmediato para el registro de los nacimientos y de las defunciones durante la presente emergencia sanitaria. Por medio de la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad (Renapo), la SecretarÃa de Gobernación se coordina con todos los registros civiles en el paÃs para auxiliarlos con los medios tecnológicos con los que cuenta y ha puesto a disposición de las entidades federativas. Entre las medidas extraordinarias se encuentra gestionar la gratuidad de las actas de defunción, la disminución de los requisitos para el registro de las defunciones, asà como establecer mecanismos de coordinación directa con los hospitales de reconversión COVID-19, para brindar en el menor tiempo posible los servicios registrales, asà como la expedición de las órdenes de incineración e inhumación que correspondan. |
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