| Suspenden trámites de ayuda a refugiados por Covid-19. | ||||
| Salvo aquellos relacionados con la presentación de la solicitud de refugio y a la opinión de la Segob con respecto a la solicitud de asilo polÃtico de conformidad con las disposiciones jurÃdicas | ||||
| Martes 24 de Marzo de 2020 | ||||
| Por: Excelsior | ||||
Con ello, quedan sin efecto los plazos marcados entre los dÃas 24 al 31 de marzo, asà como 1 al 17 de abril de 2020. De igual forma, se suspenden los trámites y plazos de la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR), “salvo aquellos relacionados con la presentación de la solicitud de refugio y a la opinión de la SecretarÃa de Gobernación con respecto a la solicitud de asilo polÃtico de conformidad con las disposiciones jurÃdicas aplicablesâ€�. En esta edición vespertina del DOF, se especifica que debido a esta suspensión “no se celebrarán audiencias, ni se practicarán notificaciones y requerimientos. “En el caso de notificaciones y requerimientos, se exceptúan de la medida de suspensión, a consideración de la persona titular de la unidad administrativa competente de esta SecretarÃa, los asuntos que por su urgencia y relevancia asà lo ameritenâ€�. |
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