De Veracruz al mundo
Crea 4T figura de ‘delator fiscal’.
Es una nueva figura ciudadana que puede entregar información sobre empresas fantasma, factureros...
Jueves 12 de Septiembre de 2019
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.- Para combatir la evasión, la Presidencia de la República solicitó a la Cámara de Diputados la creación de la figura del “tercero colaborador fiscal”, un delator o denunciante para obtener información sobre operaciones fiscales inexistentes, empresas fantasma y factureras.

La propuesta se incluyó en la iniciativa de decreto para reformar Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación (CFF), parte del paquete fiscal 2020.

Con la finalidad de que la autoridad fiscal se allegue de información adicional que le dé indicios para identificar a presuntos emisores de comprobantes fiscales que amparan operaciones inexistentes, se propone adicionar un artículo 69-B Ter al CFF, a efecto de incentivar la colaboración de la sociedad en el combate a la citada práctica fiscal indebida”, señala la exposición de motivos.

El tercero colaborador fiscal “cuenta con información que no obre en poder de la autoridad fiscal, relativa a contribuyentes que han incurrido en tales conductas y que voluntariamente proporciona a la autoridad fiscal la información de la que pueda disponer legalmente y que sea suficiente para acreditar dicha situación”.

La información obtenida con el informante fiscal será validada y analizada, en su caso empleada para sustanciar la inexistencia de operaciones, como la emisión de comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan los comprobantes.

Se propone que la identidad del “tercero colaborador fiscal” tendrá el carácter de reservada, y que la ganancia para el denunciante es que pueda beneficiarse participando en los sorteos de la lotería fiscal.

“Las autoridades fiscales podrán recibir y, en su caso, emplear la información y documentación que proporcionen terceros colaboradores fiscales, para substanciar el procedimiento previsto”, se propone.

Una vez verificada la información se publicará una lista con las empresas que facturan operaciones simuladas que se hayan conocido con la información proporcionada por el tercero colaborador fiscal.

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