De Veracruz al mundo
Tribunal de CDMX da revés a MP por caso Guillermo Padrés.
Declara infundada inconformidad de PGR contra resolución que anuló el auto de formal prisión contra el exgobernador de Sonora; continuará en el Reclusorio Preventivo Oriente
Martes 19 de Junio de 2018
Por: Excelsior
Ciudad de México.- Un Tribunal Colegiado de la Ciudad de México declaró infundada la inconformidad de la Procuraduría General de la República (PGR) contra la resolución de un juez que anuló el auto de formal prisión dictado al exgobernador de Sonora, Guillermo Padrés por defraudación fiscal equiparada por 8.8 millones de dólares y operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Para los magistrados federales los argumentos esgrimidos por el Ministerio Público de la Federación, para combatir las determinaciones judiciales, carecen de fundamento pues los jueces que llevan el caso resolvieron la situación jurídica de Padrés Elías conforme a derecho.

Y es que el 8 de febrero pasado, el juez Decimosegundo de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México dictó auto de libertad por falta de elementos para procesar en favor del exmandatario estatal por dichos ilícitos.

Para ello, el juzgador externó que, en torno al delito de defraudación fiscal equiparada, no se acreditó que la autoridad fiscal haya ejercido las facultades de comprobación que establece el artículo 42 del Código Fiscal de la Federación.

El vicio anterior trascendió en la licitud de las pruebas recabadas por el Ministerio Público a partir de la formulación de la querella presentada indebidamente; aunado a que el representante social violó el derecho a una defensa adecuada en perjuicio del quejoso, al inadvertir que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público no ejerció las facultades de comprobación aludidas”, expuso.

Sobre el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita el juez expuso que las autoridades no precisaron de qué manera obtuvieron diversos documentos relacionados con las cuentas bancarias de Guillermo Padrés.

“Con la obtención esos documentos, vulneró el derecho a la intimidad del inculpado, al existir intromisión en su vida privada, de ahí que la actuación de la autoridad incumplió con los requisitos del artículo 16 de la Constitución, en el caso, la notificación del requerimiento para la intromisión en la información contenida en las cuentas bancarias del indiciado”, se argumentó.

Pese a estos fallos, el exgobernador de Sonora continuará en el Reclusorio Preventivo Oriente, hasta que un juez federal del Estado de México se pronuncie sobre si debe seguir otro juicio por lavado de dinero por 10 millones de pesos.

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