| ONGs apelan resolución que extinguió acción penal contra Francisco Garduño. | ||||||
| Fundación para la Justicia, Derechos Humanos Integrales en Acción (DHIA), el Instituto para las Mujeres en la Migración (Imumi), entre otras, denunciaron que la exoneración, del 13 de octubre pasado, es resultado de una serie de omisiones. | ||||||
| Miércoles 21 de Octubre de 2026 | ||||||
| Por: La Jornada | ||||||
Fundación para la Justicia, Derechos Humanos Integrales en Acción (DHIA), el Instituto para las Mujeres en la Migración (Imumi), entre otras, denunciaron que la exoneración, del 13 de octubre pasado, es resultado de una serie de omisiones. En conferencia de prensa, Blanca Navarrete, directora de DHIA, expuso que desde el inicio la Fiscalía General de la República hizo “una imputación a modo”, pues mientras nueve servidores públicos adscritos al INM fueron acusados de homicidio y lesiones, a Garduño sólo de ejercicio ilícito del servicio público. Además, señaló que a la fecha no existen “pruebas suficientes ni objetivas” de que haya cumplido con las siete condiciones que le impuso el juez, como garantizar atención médica a las sobrevivientes y familiares de las personas fallecidas. El incendio de hace poco más de tres años dejó 40 migrantes muertos y 27 lesionados. Manifestó que “la impunidad y la justicia selectiva que favoreció a Francisco Garduño son la prueba de que la justicia está sujeta a intereses y favores políticos, como el hecho de regresar al ex comisionado del INM a un cargo público ahora en la Secretaría de Educación Pública”, como director general de Centros de Formación para el Trabajo. A su vez, el abogado Marcos Zavala enfatizó que el proceso penal contra el ex titular del instituto aún no está cerrado, ya que, por ejemplo,“la obtención del beneficio de suspensión condicional todavía está bajo el recurso de amparo”. Consideró que hay un “fraude procesal” porque las personas afectadas “nunca fueron tomadas en cuenta”. La abogada Gabriela Romero dijo que aunque una de las condiciones impuestas por el juez a Garduño fue que dejara instrucciones para que el fideicomiso creado ex profeso se siguiera fondenado para las reparaciones faltantes de suministrar a las víctimas. Esto no se hizo así, porque se valió de uno ya existente previamente, relacionado con reparaciones del daño ordenadas en sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Otra de las condiciones que las propias víctimas han manifestado es sobre el acto de disculpa pública, el cual “no consideraron que fuera un hecho que dignificara la memoria” de las personas fallecidas y sus familiares, ni, en el caso de los sobrevivientes, que pudiera resignificar el hecho, aseguró. Zavala destacó que tampoco se ha cumplido a cabalidad con la recomendación emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en junio de 2023. |
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