| Prepara TEPJF nueva revocación a lineamientos del INE sobre observación electoral. | ||||||
| El proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña consideró insuficientes algunas de las medidas aprobadas por el organismo electoral | ||||||
| Martes 20 de Octubre de 2026 | ||||||
| Por: El Heraldo de México | ||||||
El proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña consideró insuficientes algunas de las medidas aprobadas por el organismo electoral para verificar que los aspirantes a observadores electorales no sean operadores de programas sociales. En ese sentido, propone ordenar al Instituto Nacional Electoral (INE) incorporar bases de datos estatales y municipales para verificar que las personas interesadas en participar como observadoras electorales no sean operadoras de programas sociales de ninguno de los tres órdenes de gobierno. Asimismo, plantea que el Instituto establezca plazos claros para que los solicitantes presenten aclaraciones, las autoridades proporcionen información y se resuelvan las posibles coincidencias, incluso cuando estas sean detectadas después de otorgar la acreditación. “El motivo de inconformidad planteado es fundado, porque la autoridad responsable se limitó a modificar la relación de bases de datos con las que se debe cruzar la información derivada de las solicitudes para observación electoral, incluyendo la Base de datos de Servidores de la Nación, sin tomar en cuenta que pueden existir diversas fuentes de información que también deben ser consideradasâ€�, se lee en el documento. Y es que el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Ciudadano (MC) volvieron a impugnar ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) el acuerdo ya modificado por el Instituto Nacional Electoral (INE), argumentando que las medidas adoptadas por la responsable no constituyen una medida preventiva eficaz que impida la participación de personas servidoras públicas u operadoras de programas sociales en la observación electoral. “Cuestionan que no se haya regulado la actuación del INE ante la falta de respuesta de las autoridades consultadas y que se delegaran a la SecretarÃa Ejecutiva aspectos relacionados con la implementación del procedimientoâ€�, enfatiza el proyecto. Anteriormente, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ya habÃa ordenado al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (Consejo General del INE) implementar una medida preventiva eficaz para evitar que personas servidoras públicas vinculadas con programas sociales de cualquiera de los tres órdenes de gobierno participaran en la observación electoral. La finalidad de esa determinación fue que la verificación de los requisitos para obtener la acreditación no descansara exclusivamente en la declaración bajo protesta de decir verdad de las personas solicitantes, sino que existieran mecanismos institucionales para identificar posibles impedimentos. |
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