De Veracruz al mundo
Aprueba Congreso local tipificar en el Código Penal de Veracruz la cohabitación forzada de menores; hasta 15 años de prisión a quien obligue.
La reforma establece penas de ocho a 15 años de prisión, además de multas de mil a dos mil 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Miércoles 07 de Octubre de 2026
Por: REDACCION GOBERNANTES
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XALAPA.- Por unanimidad, con 48 votos a favor, ninguno en contra y cero abstenciones, el Congreso del Estado aprobó tipificar en el Código Penal de Veracruz la cohabitación forzada de menores. De este modo, hasta 15 años de prisión enfrentará quien obligue, presione, induzca o incluso gestione que una persona menor de 18 años viva en pareja en Veracruz. La reforma establece penas de ocho a 15 años de prisión, además de multas de mil a dos mil 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). El nuevo delito se configura cuando alguien obliga, coacciona, induce, solicita, gestiona u oferta a una niña, niño o adolescente para sostener una unión informal o consuetudinaria equiparable al matrimonio. Hay un punto clave en la ley: el delito se configura incluso si la persona menor de edad manifiesta estar de acuerdo. La sanción tampoco depende de con quién sea obligada a convivir: puede tratarse de una persona mayor de 18 años o de otro menor de edad. La modificación incorpora el Capítulo VI, denominado “Cohabitación Forzada”, y el artículo 190 Octodecies al Código Penal para el Estado de Veracruz. La iniciativa fue presentada el 19 de mayo de 2026 por el diputado morenista Luis Vicente Aguilar Castillo y posteriormente enviada a las comisiones de Justicia y Puntos Constitucionales y de Derechos de la Niñez, la Adolescencia y la Familia. Durante el análisis, las comisiones señalaron que imponer una vida en pareja a una persona menor puede afectar su libertad, educación, salud y desarrollo, además de exponerla a situaciones de dependencia económica, aislamiento, embarazos tempranos o violencia. La diputada del Partido del Trabajo (PT), Elizabeth Morales García, sostuvo que el consentimiento de una niña, niño o adolescente no puede utilizarse para justificar que otras personas organicen o promuevan una unión que limite su desarrollo. La panista Indira de Jesús Rosales San Román señaló que la legislación ya prohíbe el matrimonio infantil, pero existía un vacío para sancionar penalmente las uniones informales. Por su parte, la diputada del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Roxana Barragán Hernández, explicó que la protección está dirigida a la persona menor de edad llevada a la unión, mientras que la persona con quien se le obliga a convivir puede ser adulta o también menor. Desde el Morena, Liud Herrera Félix destacó que la reforma busca evitar que las uniones infantiles continúen utilizando figuras distintas al matrimonio. El dictamen precisa que la nueva sanción penal no sustituye las acciones de prevención, atención y restitución de derechos que deben realizar las autoridades, sino que incorpora un delito específico para castigar estas conductas.

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