| SCJN declaró constitucional la reforma que permite a las Fuerzas Armadas administrar aeropuertos. | ||||||
| Por unanimidad, el Pleno aprobó el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf que declaró infundada la impugnación de una minoría de legisladores de oposición, y validó los cambios a la Ley de Aeropuertos y de la Ley de Aviación Civil que fueron aprobados dentro de un paquete de reformas el 28 de abril del 2023, día que la oposición calificó como “viernes negro”. | ||||||
| Martes 06 de Octubre de 2026 | ||||||
| Por: La Jornada | ||||||
Por unanimidad, el Pleno aprobó el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf que declaró infundada la impugnación de una minoría de legisladores de oposición, y validó los cambios a la Ley de Aeropuertos y de la Ley de Aviación Civil que fueron aprobados dentro de un paquete de reformas el 28 de abril del 2023, día que la oposición calificó como “viernes negro”. La reforma permite a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) asignar directamente a entidades paraestatales la operación, administración y construcción de aeropuertos, así como la prestación del servicio regular de transporte aéreo nacional, sin licitación pública. “La figura del asignación aeroportuaria tiene su sustento en los artículos 25, 27 y 28 constitucionales, ya que el Estado como ente rector del espacio aéreo y las vías de comunicación puede válidamente establecer las condiciones y formas de uso y aprovechamiento y explotación”, dijo la ponente. El ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, argumentó que no hay “punto de comparación” entre concesiones de empresas del Estado y particulares, “porque unos tienen fines de lucro y las empresas del Estado no tienen fines de lucro atienden al interés público entonces la concurrencia va a tener este parámetros distintos y una regulación distinta”. |
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