| Ley de doble nacionalidad no aplicará para comicios de 2027. | ||||||
| Luisa María Alcalde, consejera jurídica de la Presidencia, dio a conocer que la ley no aplicará para la renovación de las 17 gubernaturas que tendrá lugar en el 2027. | ||||||
| Jueves 01 de Octubre de 2026 | ||||||
| Por: animalpolitico.com | ||||||
Con este marco legal, quienes aspiran a la Presidencia del país, a las dirigencias estatales o a la Jefatura de Gobierno capitalina deberán renunciar expresamente a cualquier otro pasaporte antes de formalizar sus candidaturas. El ajuste a los artículos 82, 116 y 122 de la Carta Magna ya cuenta con el visto bueno del Congreso Federal y la ratificación de 20 congresos estatales. En el Senado, la enmienda prosperó con 86 votos oficialistas sobre 42 de la bancada opositora, grupo que criticó la medida por considerar que restringe las prerrogativas políticas de la población migrante. Alcalde Luján declaró que el régimen transitorio establece que las nuevas disposiciones de la nueva ley comenzarán su aplicación a partir del proceso electoral del 2028, ya que no es posible realizar modificaciones legales que tengan efectos sobre el proceso que se encuentra en curso. Aprovechó el espacio para aclarar que, de acuerdo con el artículo 30 constitucional, son considerados mexicanos por nacimiento tanto quienes nacen en territorio nacional como quienes nacen en el extranjero siendo hijos de padres mexicanos por nacimiento o por naturalización. Exigencia de nacionalidad mexicana única En caso de poseer una segunda ciudadanía, quien pretenda competir por la Presidencia, alguna gubernatura o la Jefatura de Gobierno capitalina estará obligado a renunciar formalmente a ella antes de tramitar su registro como candidata o candidato. De igual forma, queda vetado el uso de pasaportes o documentos de identidad expedidos por Estados extranjeros, el ejercicio de derechos políticos fuera de México y el recurso a la protección diplomática de otro gobierno. Además de las restricciones directas a las candidaturas, el texto establece un mandato para los congresos locales. Una vez completado el proceso constitucional y tras la publicación de la reforma en el Diario Oficial de la Federación, las entidades federativas contarán con un plazo de 90 días naturales para adaptar sus respectivas constituciones y leyes electorales a estos nuevos lineamientos. Cabe mencionar que, una vez que termine el proceso de reforma constitucional, se deberán realizar adecuaciones a la legislación secundaria para establecer las reglas y procedimientos relacionados con la renuncia a una nacionalidad diferente a la mexicana. ¿Qué se elige en las elecciones de 2027? En el ámbito federal, el proceso electoral 2026-2027 tendrá como eje central la renovación completa de la Cámara de Diputados. Los ciudadanos votarán para definir los 500 escaños que integrarán la LXVII Legislatura del Congreso de la Unión –300 por el principio de mayoría relativa y 200 por representación proporcional–. A nivel estatal, las elecciones intermedias contemplan la renovación de 17 gubernaturas en prácticamente la mitad del país. Entidades como Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chihuahua, Colima, Guerrero, Michoacán, Nayarit, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tlaxcala y Zacatecas acudirán a las urnas para elegir a sus nuevos titulares del Poder Ejecutivo. Asimismo, el proceso concurrente abarcará la renovación de más de mil diputaciones locales en 31 congresos estatales y más de 2 mil 200 ayuntamientos y alcaldías en 30 entidades federativas. |
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