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Órgano de Administración Judicial publica acuerdo sobre regulaciones a estructura interna y operación del PJF.
El documento, que se puede consultar en el Diario Oficial de la Federación (DOF), regula la estructura interna y la operatividad de los órganos del Poder Judicial de la Federación (PJF) bajo el nuevo modelo de administración judicial, sustituyendo las normativas del extinto Consejo de la Judicatura Federal.
Miércoles 23 de Septiembre de 2026
Por: La Jornada
Foto: .Cuartosuro / Archivo
CDMX.- El Pleno del Órgano de Administración Judicial (OAJ) publicó el acuerdo que establece las disposiciones sobre el funcionamiento de las coordinaciones de las Magistraturas de Circuito y titulares de Juzgados de Distrito.

El documento, que se puede consultar en el Diario Oficial de la Federación (DOF), regula la estructura interna y la operatividad de los órganos del Poder Judicial de la Federación (PJF) bajo el nuevo modelo de administración judicial, sustituyendo las normativas del extinto Consejo de la Judicatura Federal.

Además, los nuevos lineamientos organizan las coordinaciones de Magistraturas y Juzgados de Distrito en cada circuito judicial, estructurándose de acuerdo con su complejidad territorial, residencia o especialización por materia y busca asegurar la continuidad, eficiencia y el correcto desempeño de las labores jurisdiccionales de juzgadores federales.

"En cada uno de los circuitos judiciales habrá coordinaciones de las magistraturas de Circuito y de titulares de los juzgados de Distrito por inmueble o residencia y, en su caso, por materia de especialización, cuando la complejidad del Circuito así lo justifique", señala el texto.

Asimismo los titulares de magistraturas de Circuito y juzgados de Distrito designarán a quien los coordine y a su suplente durante la primera semana de diciembre. La convocatoria para dicha elección será emitida por la coordinadora saliente.

La designación se realizará por mayoría simple de los votos emitidos del total de juzgadores del inmueble, residencia o especialización correspondiente, conforme a la distribución por Circuito prevista en el artículo 1, que participen en la reunión para la elección.

No podrán participar secretarios que se encuentren desempeñando funciones de magistrado o juez. Los elegidos deberán manifestar expresamente su aceptación del cargo. Las designaciones observarán el principio de paridad de género, en la medida en que la integración de cada coordinación lo permita.

Además, la Dirección General de Vinculación y Relaciones Interinstitucionales será el enlace con las coordinaciones de los titulares de las magistraturas y juzgados elegidos, por mencionar algunos puntos.

El texto completo de dicho acuerdo se encuentra en la siguiente página de internet del DOF https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5799373&fecha=23/09/2026#gsc.tab=0

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