De Veracruz al mundo
Dice magistrado que resoluciones sobre violencia política contra mujeres no son para impedir cuestionamientos periodísticos o restringir libertad de expresión.
El magistrado reconoció que las autoridades jurisdiccionales pueden equivocarse y señaló que precisamente por ello existen instancias encargadas de revisar y, en su caso, modificar sus resoluciones.
Domingo 06 de Septiembre de 2026
Por: REDACCION GOBERNANTES
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XALAPA.- Al abordar el caso del periodista Élfego Riveros y los límites entre la libertad de expresión y la violencia política contra las mujeres en razón de género, el presidente del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), Gilberto Constituyente Salazar Ceballos aseguró que los servidores públicos deben estar abiertos al cuestionamiento y aceptar las críticas sobre sus decisiones. El magistrado reconoció que las autoridades jurisdiccionales pueden equivocarse y señaló que precisamente por ello existen instancias encargadas de revisar y, en su caso, modificar sus resoluciones. “Hay que celebrar que haya controles constitucionales. La verdad es que, bueno, no somos infalibles”, sostuvo. Salazar Ceballos afirmó que el ejercicio de una función pública implica someterse al escrutinio ciudadano y sostuvo que los cuestionamientos a las decisiones del Tribunal forman parte de ese proceso. “De ninguna manera nos incomoda que se nos cuestione, que se nos señale. Es necesario que al poder público, que a los servidores públicos se nos cuestione”, reiteró. El presidente del TEV hizo esas declaraciones al ser cuestionado por el caso de Élfego Riveros, periodista de Radio Teocelo, quien fue sancionado por violencia política de género a partir de expresiones realizadas durante su trabajo periodístico. La resolución fue impugnada ante instancias federales hasta que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó las determinaciones previas y declaró inexistente la infracción atribuida al comunicador. Salazar Ceballos sostuvo que el resultado del proceso demuestra la función de los mecanismos de revisión previstos dentro del sistema electoral. “En el caso particular del compañero Élfego, se privilegió el ejercicio de las libertades informativas”, sostuvo. El magistrado rechazó que las resoluciones relacionadas con violencia política contra las mujeres deban utilizarse para impedir cuestionamientos periodísticos o restringir de manera automática la libertad de expresión. Señaló que la discusión consiste en determinar, en cada caso, hasta dónde llega la protección frente a la violencia política de género y cuáles expresiones se encuentran amparadas por las libertades informativas. “El gran debate está, no solamente aquí en Veracruz, en México, en el mundo”, señaló. Salazar Ceballos insistió en que las autoridades deben mantener tolerancia frente a las críticas derivadas de su actuación pública, aunque consideró necesario diferenciar entre información sustentada y contenidos carentes de respaldo. “Tenemos que ser tolerantes a la crítica, pero también tenemos que enseñar a la ciudadanía, a la sociedad, a tener la capacidad de discernir cuando una noticia, un contenido tiene sustento”, concluyó.

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