| La nueva Suprema Corte cumple un año entre opacidad, prisas y un Pleno dividido. | ||||||
| La reforma judicial prometió una Suprema Corte más transparente, ágil y cercana a la ciudadanía. Un año después, el Pleno mantiene sesiones privadas, algo que criticaron de sus antecesores; enfrenta plazos de cumplimiento difíciles y toma decisiones a partir de votaciones cerradas que pueden sentar jurisprudencia en el país. | ||||||
| Martes 01 de Septiembre de 2026 | ||||||
| Por: animalpolitico.com | ||||||
Eran los primeros ministros en la historia de México elegidos mediante voto popular: Hugo Aguilar Ortiz, Lenia Batres Guadarrama, Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf; la exconsejera jurídica de la presidencia María Estela Ríos González; Giovanni Azael Figueroa Mejía, Irving Espinosa Betanzo, Arístides Rodrigo Guerrero García y la exfiscal Sara Irene Herrerías Guerra. Todos provenían de diversos cargos dentro del partido oficial en el poder, Morena, pero en ese acto, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz lo hizo evidente al defender su vinculación con el movimiento fundado por el expresidente Andrés Manuel López Obrador. “Esta reforma se logró gracias a los aires de cambio, gracias a los esfuerzos de transformación que corren por nuestra patria […] no me voy a cansar de señalar que sin la reforma judicial los pueblos indígenas no tendríamos la presencia que hoy estamos teniendo en la vida pública de nuestro país. Antes era inimaginable que su servidor […] estuviera hoy en día hablándoles en el cargo de ministro”, señaló durante la ceremonia. Así, entre porras a favor del expresidente López Obrador y la presidenta Claudia Sheinbaum y en compañía de la cúpula morenista, los nuevos ministros recibieron los bastones de mando. Opacidad y plazos exprés Un año después de la toma de protesta de los ministros de la Suprema Corte, el balance de su primer año de funciones revela un panorama de contradicciones. Lejos de la transición tersa y la renovación que se prometió en el discurso, la Suprema Corte transita un camino con plazos de difícil cumplimiento, reglas en el limbo y un Pleno cuya legitimidad y decisiones exhiben una fractura política de origen. La reforma relacionada con el Poder Judicial de la Federación (PJF), que impulsó el expresidente López Obrador, introdujo mandatos con el propósito de agilizar, transparentar y moralizar la impartición de justicia. Sin embargo, la implementación de estas reglas, en el primer año de labores de la nueva conformación de la Corte, topó con inercias institucionales y limitaciones técnicas. El primer choque fue en materia de transparencia. El artículo 94 constitucional, modificado como parte de la reforma judicial, promovió la máxima publicidad al señalar que “las sesiones del Pleno serán públicas” en los términos de ley. No obstante, la práctica se apartó de tal disposición desde el primer día de funciones de la nueva Suprema Corte. El 1 de septiembre de 2025, tras la ceremonia solemne de instalación y toma de la fotografía oficial, el Pleno convocado por el entonces flamante ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz recurrió a prácticas anteriores al declarar una sesión privada para designar a los tres integrantes del Órgano de Administración Judicial (OAJ). El uso de sesiones a puerta cerrada para el debate de los asuntos contradice las promesas de una justicia de cara a la ciudadanía. No obstante, se mantienen hasta el día de hoy para debatir temas de alta trascendencia, según ha reconocido en diversas ocasiones el ministro presidente. Por otra parte, la regla del plazo de seis meses para la resolución de litigios fiscales ?contemplada en el artículo 17 constitucional? ha encendido alarmas operativas. Bajo este mandato, si un caso tributario excede el periodo sin dictar sentencia, el juzgador debe justificar de inmediato la demora ante el Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ) para evitar sanciones. A un año de funciones, la SCJN mantiene pendientes de resolución diversos asuntos fiscales y tributarios con empresas como Samsung, sin que se sepa el motivo del retraso en su resolución. “El plazo de seis meses que propone la reforma no toma en cuenta los criterios interamericanos y no considera las complejidades que deben analizarse para determinar si un asunto se resolvió en un plazo ‘razonable’”, señaló en un análisis previo a la aprobación de la reforma, el Centro de Estudios Constitucionales. Un Pleno unificado, pero dividido Otro de los cambios fue que la SCJN redujo su composición de 11 a 9 integrantes y eliminó la Primera y Segunda salas, lo que obligó a resolver los asuntos en el Pleno. No obstante, esta unificación no borró la polarización de sus integrantes, a pesar de que las ministras y ministros asumieron sus cargos con el respaldo del partido Morena. Esta cercanía con el partido oficialista contrastó con la distancia que marcaron los partidos de oposición (PAN, PRI y MC), cuyos senadores boicotearon y abandonaron la sesión de toma de protesta en septiembre de 2025. La oposición denunció que la SCJN careció de legitimidad al surgir de un proceso caracterizado por comités de evaluación, la selección de candidatos mediante tómbola y una jornada empañada por denuncias sobre el uso de acordeones. A un año de su inicio, el Pleno no ha logrado sacudirse la reputación de ser personajes cercanos a la Cuarta Transformación, sobre todo porque no han resuelto ninguno de los asuntos de mayor interés para el Gobierno en su contra. Además, solo en dos ocasiones han logrado enviar un mensaje de cercanía con el pueblo. La primera fue cuando acudieron a sesionar desde la plaza pública de Tenejapa, Chiapas, para resolver un asunto relevante sobre la comunidad indígena. La segunda fue cuando realizaron una audiencia pública para escuchar a personas con discapacidad que se manifestaron en contra de la intención de la ministra Lenia Batres Guadarrama de exentar la obligación del Estado de realizar una consulta pública a este sector cuando se realicen reformas sobre temas que les perjudiquen. A pesar de la apertura, dicho asunto aún no ha sido resuelto. En las sesiones de la Corte también se han hecho evidentes las diferencias entre sus integrantes, como cuando la ministra Lenia Batres acusó a sus pares por “animadversión” y “discusión sin argumentos jurídicos” por no aprobar un proyecto propuesto por su ponencia. El riesgo para las jurisprudencias del país La división repercute de manera directa en el mecanismo de toma de decisiones. El artículo 94 redujo a seis votos ?anteriormente se requerían ocho de once? la mayoría para que las decisiones del Pleno sienten jurisprudencia. El artículo 105 constitucional aplicó este mismo umbral para declarar la invalidez de leyes con efectos generales. La reducción de esta mayoría calificada ha provocado que resoluciones trascendentales en materia de derechos humanos y reformas secundarias se definan mediante votaciones sumamente cerradas y polarizadas. El Centro de Estudios Constitucionales advirtió sobre el peligro de este umbral reducido en un Pleno dividido. “El cambio inmediato de la composición de dicho tribunal compromete la estabilidad de precedentes relevantes; esto puede ser riesgoso en aspectos que han resultado controversiales desde una perspectiva moral”, afirmó. A 12 meses de distancia, los críticos del papel que ha jugado la nueva Suprema Corte de Justicia de la Nación señalan que la facilidad para generar jurisprudencia obligatoria con solo seis votos abre la puerta a una constante inestabilidad jurídica, donde los criterios constitucionales del país pueden cambiar de forma abrupta cada vez que varíe la alineación política o la coyuntura del Pleno. |
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