| Juez libera a ex jefe de la policÃa de Mexicali acusado de desaparición de dos estudiantes. | ||||||
| En cambio, el juez Fernando Serrano declaró vinculación a proceso de tres exagentes de la policÃa municipal: Kevin, Eduardo y Juan Carlos, por los delitos de desaparición forzada de personas, robo de vehÃculo y asociación delictuosa. | ||||||
| Lunes 03 de Agosto de 2026 | ||||||
| Por: La Jornada | ||||||
En cambio, el juez Fernando Serrano declaró vinculación a proceso de tres exagentes de la policÃa municipal: Kevin, Eduardo y Juan Carlos, por los delitos de desaparición forzada de personas, robo de vehÃculo y asociación delictuosa. Eduardo y Juan Carlos se encuentran en prisión preventiva en Mexicali, mientras que Kevin está interno en el penal de El Hongo en in juicio por homicidio. El 3 de enero de 2023 dos jóvenes salieron del Bar Shots de la zona turÃstica de Mexicali y fueron detenidos por policÃas municipales luego de ser señalados de pertenecer a La Chapiza, fracción del Cartel de Sinaloa bajo las órdenes de los hijos de El Chapo Guzmán. A los policÃas se les relaciona con la célula de Los Rusos que operan en esta frontera el trasiego de drogas para Los Mayos. La Audiencia de Vinculación a Proceso inició a las 11:30 horas del domingo 2 de agosto y concluyó a las 15:30 horas de este lunes 3 de agosto de 2026 en el Juzgado de Control del Partido Judicial de Mexicali, dentro de la Causa Penal 06740/2026 y el Número Único de Caso 02-2023-00334. El juez Serrano consideró que los datos de prueba del Ministerio Público resultaron insuficientes para establecer la participación de Mendivil Garcia, exfiscal Regional de Mexicali, por lo que no se satisficieron los elementos necesarios para lograr la vinculación. En su exposición, el Juez de Control determinó que el Ministerio Público no estableció cuál conducta de MendÃvil y Jacobo permitio la desaparición de las vÃctimas, ni tampoco demostró que tuvieran comunicación con los agentes vinculados a proceso. En un comunicado, el Poder Judicial del Estado advirtió que la resolución no constituye una declaratoria de inocencia, ni impide que el Ministerio Público continúe con la investigación y, en su caso, vuelva a solicitar audiencia si reúne mayores elementos de prueba, conforme al Código Nacional de Procedimientos Penales. |
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