| Suprema Corte definirá si obras de Frida Kahlo pueden salir del país. | ||||||
| La Suprema Corte de Justicia de la Nación atrajo un amparo que definirá si las obras de Frida Kahlo en manos de particulares pueden ser exportadas definitivamente al extranjero, sentando un precedente histórico entre los derechos culturales de la nación y la propiedad privada. | ||||||
| Mircoles 08 de Julio de 2026 | ||||||
| Por: animalpolitico.com | ||||||
El problema central radica en una aparente contradicción de leyes. Por un lado, un decreto presidencial emitido en 1984 por el presidente Miguel de la Madrid Hurtado, que declaró como monumento artístico toda la obra de Frida Kahlo (incluyendo sus pinturas de caballete, obra gráfica y documentos) y prohibió estrictamente su exportación definitiva. Por otro lado, el artículo 16 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos establece que sí está permitida la salida temporal o definitiva de este tipo de obras cuando son de propiedad privada. Con una votación de 8 votos a favor, el máximo tribunal del país decidió asumir el amparo en revisión 40/2026. Este caso no solo involucra a la institución financiera Banco Ve por Más, sino que sentará un precedente sobre los límites entre los derechos culturales de la nación y el derecho de propiedad privada. SCJN interviene en conflicto legal por obras de Frida Kahlo Durante la sesión, el ministro Giovanni Figueroa Mejía argumentó que el caso servirá para aclarar los límites entre los derechos culturales de la nación y los derechos de propiedad de los dueños de las obras, entre las cuales se encuentra el famoso “Autorretrato con medallón”. “Este asunto considero que tiene el potencial de permitir a esta nueva integración de la Suprema Corte pronunciarse sobre temas jurídicos de relevancia nacional en materia del derecho a la cultura frente al derecho de propiedad, al definir si es posible que salgan de nuestro país de manera definitiva las obras de Frida Kahlo, que están en propiedad de particulares”, explicó. “Por estas razones que involucran el posicionamiento de esta Suprema Corte frente a derechos culturales y en materia de jerarquía normativa, votaré a favor de reasumir la competencia original”, añadió. Por su parte, el ministro Arístides Guerrero García apoyó la decisión enfocándose en el debate sobre hasta dónde llega el poder del presidente para emitir decretos. Afirmó que el caso es “importante y trascendente al plantear un problema constitucional directo sobre los límites de la facultad reglamentaria que pueda tener el ejecutivo frente al principio de reserva de ley”. “En efecto, el núcleo del conflicto consiste en determinar si el artículo 6º del decreto de 1984, al prohibir la exportación definitiva de las obras de Frida Kahlo, introduce una restricción que no se encuentra prevista en el artículo 16 de la Ley Federal sobre Monumentos, el cual sí permite dicha exportación tratándose de bienes de propiedad particular”. |
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