De Veracruz al mundo
Aprueba el Congreso local reforma al artículo 230 del Código Penal en materia de lavado de dinero.
La modificación, impulsada por la gobernadora Rocío Nahle García, busca homologar la legislación estatal con el artículo 400 Bis del Código Penal Federal y fortalecer el marco jurídico frente a uno de los delitos que mayor riesgo representan para la economía y la seguridad pública.
Viernes 17 de Abril de 2026
Por: REDACCION GOBERNANTES
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XALAPA.- Con 39 votos a favor, siete abstenciones y cero en contra, el Congreso del Estado de Veracruz aprobó una reforma al artículo 230 del Código Penal local para actualizar la definición y sanción del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, comúnmente conocido como lavado de dinero. La modificación, impulsada por la gobernadora Rocío Nahle García, busca homologar la legislación estatal con el artículo 400 Bis del Código Penal Federal y fortalecer el marco jurídico frente a uno de los delitos que mayor riesgo representan para la economía y la seguridad pública. "El delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita constituye una de las principales amenazas a la estabilidad económica, la integridad del sistema financiero y la seguridad pública del Estado", señala el dictamen. Entre las modificaciones destacan la ampliación de conductas que pueden configurar el delito: a partir de ahora se incluyen acciones como poseer, custodiar, convertir, retirar, recibir o transferir recursos de origen ilícito. Se elimina también la condición que limitaba la sanción a quienes actuaran "a sabiendas y por cuenta de otra persona", sustituyéndola por una redacción más amplia que castiga a quien por sí mismo o mediante terceros participe en este tipo de operaciones. La reforma incorpora además una nueva disposición para sancionar a quienes oculten o encubran el origen, destino o propiedad de recursos de procedencia ilícita. Se mantienen penas de entre 5 y 15 años de prisión, actualizando el esquema de multas: se sustituyen los días de salario por Unidades de Medida y Actualización (UMA), con montos de mil a cinco mil veces su valor diario. Cuando los responsables sean servidores públicos, las penas podrán incrementarse hasta en una mitad, sumando la destitución del cargo y la inhabilitación para ejercer funciones públicas por un periodo equivalente al de la condena. El dictamen señala que estados como Querétaro, Michoacán, Durango y Puebla ya han realizado ajustes similares para alinearse a los estándares federales en el combate a este delito. Así las cosas.

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