| Suprema Corte da revés a médicos del IMSS, elimina beneficios económicos para estos trabajadores. | ||||||
| La medida dictamina que los médicos quienes no laboran en áreas de alto riesgo, tales como urgencias, terapia intensiva, laboratorios o bancos de sangre no recibirán prestaciones económicas adicionales a su salario | ||||||
| Lunes 16 de Marzo de 2026 | ||||||
| Por: El Heraldo de México | ||||||
La decisión se tomó luego de que los ministros analizaron el criterio bajo el cual los trabajadores del IMSS pueden acreditar licencias y compensaciones económicas a su salario, y determinaron que para recibirlas es necesario demostrar que su trabajo se desempeña en condiciones de riesgo. Suprema Corte da revés a los médicos del IMSS La resolución fue emitida el pasado 19 de febrero en el marco del Amparo Directo en Revisión 6213/2025 en donde una médico reclamó el pago de prestaciones adicionales por la exposición constante a riesgos biológicos en su lugar de trabajo, sin embargo se negó ese amparo al concluir que la solicitante no laboraba en una zona considerada de exposición a alto riesgo que son: Urgencias Terapia intensiva Laboratorios Bancos de sangre La Suprema Corte concluyó que, aunque la norma establece una distinción entre el personal que labora en mayores áreas de riesgo y quienes no, esta es razonable y objetiva, compatible con el derecho a la igualdad. El Máximo Tribunal reconoció que la protección de la salud laboral no exige uniformidad en las prestaciones, sino proporcionalidad conforme al nivel de riesgo. ¿Quiénes son los médicos que sí podrán recibir ese pago adicional? Al respecto el Tribunal Pleno confirmó la constitucionalidad del artículo 10 del Reglamento de Infectocontagiosidad y Emanaciones Radioactivas, incorporado al contrato colectivo IMSS-SNTSS, el cual prevé prestaciones económicas para el personal médico que labora de manera constante y permanente en áreas de alto riesgo, tales como: urgencias, terapia intensiva, laboratorios o bancos de sangre. |
||||||
|
|
||||||
Nos interesa tu opinión |
||||||
| > Directorio > Quiénes somos |
| ® Gobernantes.com Derechos Reservados 2016 |