XALAPA.- Aunque la mayor parte de la ley fue avalada, la Suprema Corte de Justicia de la Nación notificó al Congreso del Estado sobre la invalidez de algunos artÃculos de la Ley de Austeridad propuesta por el entonces gobernador Cuitláhuac GarcÃa Jiménez durante su mandato, por lo que es evidente que ni eso pudo hacer bien su testaferro Juan Javier Gómez CazarÃn, ex presidente de la Junta de Coordinación PolÃtica del Congreso local y ex coordinador del grupo legislativo de Morena. Y es que los ministros de la Corte ordenaron al Congreso local modificar la ley que fue propuesta en el sexenio anterior. "Se declara la invalidez de los artÃculos 3, 9, párrafo primero, y 13, en su porción normativa "grave", de la citada Ley de Austeridad número 11 para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, la cual surtirá sus efectos a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso de dicho Estado", refirió textualmente la Corte. El Máximo Tribunal en pleno determinó que la declaratoria de invalidez surtirá sus efectos a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del Estado, por lo que le solicitó gire instrucciones para que, a la brevedad, se practique la citada notificación al referido Congreso, inclusive al titular del Poder Ejecutivo de ese Estado. El Tribunal Pleno, en su sesión celebrada el veintisiete de enero de dos mil veinticinco, resolvió la controversia constitucional 24/2019, promovida por el Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Algunos de los aspectos que la Corte le corrigió al ex gobernador es que pretendÃa que durante su sexenio, siempre se pagara el mismo monto por los servicios, sin tomar en cuenta ni siquiera la inflación. Por ello, los ministros invalidaron la parte en la que decÃa: "En tanto no se autoricen nuevos programas o se amplÃen las metas de los existentes, los gastos por servicios de telefonÃa, fotocopiado y energÃa eléctrica; combustibles, arrendamientos, viáticos, honorarios, alimentación, mobiliario, remodelación de oficinas, equipo de telecomunicaciones, bienes informáticos, pasajes, congresos, convenciones, exposiciones, seminarios, estudios e investigaciones, no podrán exceder de los montos erogados en el ejercicio presupuestal inmediato anterior, una vez considerados los incrementos en precios y tarifas oficiales o la inflación, conforme a las disposiciones de esta Ley". Asà las cosas.
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