| Publican en DOF la extinción de siete organismos autónomos. | ||||
| Señala que las economÃas y ahorros que se generen con la extinción de los entes públicos, materia del presente decreto, se destinarán al Fondo de Pensiones para el Bienestar en términos de la legislación aplicable. | ||||
| Sábado 21 de Diciembre de 2024 | ||||
| Por: La Jornada | ||||
Las instancias extintas al entrar en vigor, es decir, este sábado, son la Comisión Federal de Competencia Económica y el Instituto Federal de Telecomunicaciones; en tanto, hay distintas caracterÃsticas de término para el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI); la Comisión Reguladora de EnergÃa; Comisión Nacional de Hidrocarburos, el Coneval y para la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación. Señala que las economÃas y ahorros que se generen con la extinción de los entes públicos, materia del presente decreto, se destinarán al Fondo de Pensiones para el Bienestar en términos de la legislación aplicable. Adecuaciones, en 90 dÃas El documento publicado en edición vespertina del DOF fue firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum y la secretaria de Gobernación, Rosa Icela RodrÃguez; en los artÃculos transitorios se establece que el decreto entra en vigor al dÃa siguiente de su publicación, salvo lo que se refiere a la expedición de las leyes secundarias en materia de competencia y libre concurrencia, y en lo que hace a las de telecomunicaciones y radiodifusión. El Congreso de la Unión tendrá 90 dÃas naturales para hacer las adecuaciones necesarias a las leyes para dar cumplimiento al decreto; en tanto, las legislaturas locales tendrán máximo 90 dÃas para armonizar su marco jurÃdico en materia de información pública y protección de datos personales. Después de cumplirse el punto anterior se entenderán extintos los entes públicos a los que hace referencia el decreto. Puntualiza que los actos jurÃdicos emitidos por el INAI, los organismos garantes de las entidades federativas, la Comisión Nacional de Hidrocarburos, la Comisión Reguladora de EnergÃa, con anterioridad a la entrada en vigor de la ley secundaria, surtirán sus efectos legales. Igualmente, señala el destino de los recursos materiales y humanos de cada organismo a extinguir. |
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