De Veracruz al mundo
Aprueban 18 años de cárcel a funcionarios o periodistas que filtren videos o fotos de carpetas de investigación.
El Senado aprobó sanciones de hasta 18 años de cárcel para los funcionarios y periodistas que graben, difundan y distribuyan imágenes de cadáveres de mujeres, adolescentes y niños víctimas de violencia.
Martes 12 de Septiembre de 2023
Por: Excelsior
Foto: Excélsior /
Ciudad de México.- El pleno del Senado de la República aprobó por unanimidad una reforma al Código Penal Federal que fija una sanción de hasta 18 años de cárcel para los funcionarios y periodistas que graben, difundan y distribuyan imágenes de cadáveres de mujeres, adolescentes y niños víctimas de violencia.

La reforma, aprobada con 86 votos, también establece que los periodistas, youtubers, personas o representantes de medios de comunicación que publiquen cualquier tipo de información que esté en una carpeta de investigación, también podrían pasar hasta 18 años en la cárcel..

Las adiciones al Código Penal establecen multas de hasta 232 mil pesos a quienes realicen este tipo de prácticas que se han repetido en casos de feminicidios, cuando funcionarios de fiscalías filtran videos y fotografías a algunos medios que las publican.

La senadora Olga Sánchez Cordero argumentó que la reforma al artículo 225 del Código Penal Federal, en materia de delitos cometidos contra la administración de justicia, establece sanciones también a quien comparta imágenes, audios, videos o cualquier tipo de información o evidencia que esté contenida en una carpeta de investigación o en un proceso penal, que por disposición legal sea reservada o confidencial.

“La divulgación de información e imágenes de las víctimas de algún delito constituye claramente una lesión a la dignidad de las personas y a la memoria de las víctimas”, estableció.

Recordó que, en febrero de 2020, se difundieron las fotografías del cuerpo de una víctima de feminicidio en noticieros, periódicos, y redes sociales, en el caso de Ingrid Escamilla Vargas, de quién hubo exhibición pública del material visual del cuerpo de la víctima.

Habrá un incremento a las penas cuando las víctimas u ofendidos sean niñas, niños, adolescentes, mujeres o que la información corresponda a cadáveres.

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