De Veracruz al mundo
Más de 5 mil migrantes se han dado de alta en el SAT.
Miércoles 09 de Agosto de 2023
Por: La Jornada
Ciudad de México.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) reportó que más de 5 mil migrantes se han dado de alta ante el Registro Federal de Contribuyentes desde febrero del año pasado, como parte de los mecanismos de atención prioritaria que el organismo extiende a residentes temporales o permanentes, refugiados o mexicanos repatriados o en retorno.

Entre los diversos trámites a los que una persona física extranjera puede realizar en el SAT desde febrero de 2022, el 98 por ciento de las atenciones han sido para pedir la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC).


“Aquellas personas extranjeras que no cuenten con autorización para desempeñar una actividad remunerada, pero que requieran el RFC para otros fines, podrán exhibir un escrito libre en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, los motivos por los que requieren su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes�, explicó el organismo.

Para inscribirse al SAT como extranjero con residencia temporal o permanentes, se pide documento migratorio emitido por el Instituto Nacional de Migración (INM) para acreditar su estancia en territorio nacional (tarjeta de residente permanente, permanente, residente temporal, visitante por razones humanitarias, visitante con permiso para realizar actividades remuneradas, visitante trabajador fronterizo, residente temporal estudiante).

También debe entregar comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses; y Clave Única de Registro de Población (CURP) temporal con fotografía, la cual se tramita ante las oficinas de representación del INM.

Los extranjeros con calidad de refugiado debe presentar CURP temporal con fotografía y un documento de reconocimiento de calidad de refugiado emitido, ambos emitidos por la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) del INM; y comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.


Los mexicanos repatriados deben presentar CURP temporal con fotografía, comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses, credencial para votar desde el extranjero emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE).

Para mexicanos en retorno se pide CURP permanente, la cual se tramita en el Registro Civil o ante las Oficinas Consulares de México en el exterior; acta de nacimiento o carta de naturalización en original; comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses y credencial para votar desde el extranjero emitida por el INE.

Nos interesa tu opinión

  Más noticias
17:40:29 - Separan del cargo a director del penal El Castillo en Sinaloa tras riñas que dejaron 12 muertos
17:39:05 - Festival Miquixtli 2026 en Morelos: Tradición, cultura y migración
17:37:59 - CDMX: Detienen a dos hombres que dispararon contra tres personas durante una persecución; hay dos muertos y un herido
17:36:48 - Vuelca camión de la Guardia Nacional en Campeche; hay 10 lesionados
17:10:10 - Presidenta Claudia Sheinbaum destaca nivel más bajo en 13 años en la percepción de inseguridad; se ubica en 58.1%, según la ENSU del INEGI
17:07:11 - Oaxaca: mujeres indígenas piden a la FGE cancelar órdenes de aprehensión contra habitantes de Eloxochitlán
17:06:11 - Vinculan a proceso a ex alcalde de Puerto Aventuras por extorsión agravada
17:04:08 - De un paro cardiaco: La trágica muerte de la olímpica mexicana que se coronó en Sidney 2000
ver todas las noticias

  Lo más visto
> Directorio     > Quiénes somos
® Gobernantes.com Derechos Reservados 2016