De Veracruz al mundo
Oficial, el uso de las fuerzas armadas en las labores de seguridad.
La reforma para ampliar de 2024 a 2028 la participación de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública se promulgó ayer en el Diario Oficial de la Federación (DOF), luego de que fue avalada por 20 congresos estatales y tanto la Cámara de Diputados como el Senado emitieron la declaratoria de cambio al decreto por el que se modifican diversas disposiciones de la Constitución para la Guardia Nacional (GN).
Sábado 19 de Noviembre de 2022
Por: La Jornada
CDMX.- La reforma para ampliar de 2024 a 2028 la participación de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública se promulgó ayer en el Diario Oficial de la Federación (DOF), luego de que fue avalada por 20 congresos estatales y tanto la Cámara de Diputados como el Senado emitieron la declaratoria de cambio al decreto por el que se modifican diversas disposiciones de la Constitución para la Guardia Nacional (GN).

El documento señala que en tanto la GN desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, el Presidente de la República podrá disponer de la fuerza armada permanente en tareas de seguridad pública. Dicha participación será extraordinaria, temporal y solicitada de forma expresa y justificada por la autoridad civil.

El Ejecutivo federal presentará al Congreso de la Unión un informe semestral sobre el uso de la facultad anterior, proporcionando los indicadores cuantificables y verificables que permitan evaluar los resultados obtenidos en el periodo reportado en materia de seguridad pública y corroborar el respeto de los derechos humanos y de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

Para el análisis y dictamen de los informes referidos, se integrará una comisión bicameral en un plazo no mayor a 60 días contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto y hasta la conclusión del plazo señalado en el primer párrafo.

Esta instancia se reunirá cada vez que la convoque su directiva. Para la emisión del dictamen semestral llamará, si así lo requiere, a los titulares de las secretarías de Gobernación, de Seguridad y Protección Ciudadana, de Defensa Nacional y de Marina. En el documento se deberán señalar los estados donde deje de ser requerida la presencia permanente de las fuerzas armadas en labores de seguridad pública.

Resalta que a partir del ejercicio fiscal 2023, el Ejecutivo federal establecerá un fondo permanente de apoyo a los estados y municipios, destinado al fortalecimiento de sus instituciones de seguridad pública.

La aprobación de esta reforma constitucional presentada por el PRI fue motivo de intenso debate, en el que PAN, PRD y Movimiento Ciudadano acusaron al gobierno federal de militarizar al país, mientras Morena y el tricolor insistieron en que el uso de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública es temporal y en tanto se fortalecen las policías estatales y municipales.

La disputa llevó al rompimiento temporal de la alianza opositora Va por México, pues el blanquiazul y el partido del sol azteca acusaron a su aliado (el PRI) de traicionarlos por avalar una modificación constitucional cuando se habían comprometido a no dejar pasar ningún cambio a la Carta Magna.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá este mismo mes la controversia constitucional 90/2020, interpuesta por diputados de minoría, de entre los varios recursos iniciados contra esta reforma. El proyecto de sentencia propone desechar la queja por temas procesales.

También los gobiernos de Michoacán y el municipio de Arteaga, Aguascalientes, promovieron sendas controversias contra el decreto, pero aún no se han presentado los proyectos de sentencia.

Asimismo, continúan en análisis de los ministros las acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos contra la Ley de la Guardia Nacional y el Registro Nacional de Detenciones.


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