De Veracruz al mundo
SCJN invalida delito de ultrajes en Veracruz.
Los efectos de la resolución se establecerán en la sesión de este martes
Lunes 28 de Febrero de 2022
Por: El Heraldo de México
CDMX.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el delito de ultrajes a la autoridad establecido en el Código Penal de Veracruz.

El máximo tribunal del país inició el análisis de dos acciones de inconstitucionalidad presentadas por diputados locales y por la Comisión de Derechos Humanos de la entidad.

Por mayoría de 10 votos, la Corte declaró inconstitucional el artículo 331 del Código que establece una pena de prisión de seis meses a dos años a quien amenace o agreda a un servidor público en el momento de ejercer sus funciones o con motivo de ellas, y la sanción se incrementa de cinco a siete años de cárcel si esa conducta se realiza con violencia o por una o más personas armadas o portando instrumentos peligrosos.


De acuerdo con la Corte, este delito viola el derecho a la libertad de expresión porque se pueden castigar diversas conductas consideradas agresiones o amenazas y también vulnera el principio de taxatividad porque no se establecen claramente las conductas sancionadas.

El proyecto fue elaborado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo y planteó que esa norma es violatoria de la libertad de expresión.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa dijo que el tipo penal viola el principio de taxatividad, pues se utilizan dos expresiones que no definen con precisión las conductas sancionadas y coincidió con otros ministros como Luis María Aguilar en que ya existen precedentes de invalidez de este delito.

“Bien podría pensarse que amenazar con presentar una denuncia contra un servidor público o agredirlo verbalmente en un medio de comunicación son conductas que encuadrarían en el tipo básico previsto en el párrafo primero del artículo 331, lo cual, sin duda, pondría en riesgo, el ejercicio de la libertad de expresión o al menos inhibirla, o bien, (si) en una manifestación profieren amenazas a las autoridades, considero que esto limita las libertades”, explicó.

Señaló que la invalidez no deja sin protección a los elementos de seguridad pública que enfrentan la violencia de los grupos criminales.

La ministra Norma Piña señaló que si las normas penales no cumplen con el principio de taxatividad, pueden afectarse desproporcionadamente derechos, pues al no estar claramente delimitado su ámbito de aplicación permiten punir injustificadamente conductas protegidas por la libertad de expresión y limitar la libertad personal, como el caso de este artículo analizado.



“El tipo puede incluir indebidamente discursos tutelados por la libertad de expresión, especialmente cuando se hace crítica política acerba o bien a través del periodismo o no”, dijo.

El senador Ricardo Monreal destacó que, luego de la resolución de la Corte, el siguiente paso es luchar porque las personas presas por este delito sean liberadas.

"La @SCJN declaró la inconstitucionalidad del artículo 331 del Código Penal de Veracruz, sobre el delito de ultrajes a la autoridad; decisión justa y correcta. Ahora, a luchar para que sean liberadas todas las personas que están privadas de su libertad por este ominoso ilícito", indicó en un tuit.

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