| Senado avala en “fastrack� reforma para que partidos puedan renunciar a financiamiento. | ||||
| Morena y sus aliados aplicaron la aplanadora y avalaron la reforma con 56 votos a favor, 38 en contra y una abstención | ||||
| Miércoles 23 de Febrero de 2022 | ||||
| Por: El Heraldo de México | ||||
En sesión ordinaria, los senadores debatieron la viabilidad, ya que la oposición rechazó la reforma debido a que argumentaron que los recursos de los partidos podrÃan ser utilizados a discreción por el gobierno federal. Sin embargo, Morena y sus aliados aplicaron la aplanadora y avalaron la reforma con 56 votos a favor, 38 en contra y una abstención. La adición a los artÃculos 23 y 25 de la Ley General de Partidos PolÃticos y un artÃculo 19 ter a la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (en materia de renuncia parcial y, en su caso, reintegrar el financiamiento), fue avalado y remitido al Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Los senadores avalaron que dentro de los derechos y obligaciones de los partidos polÃticos éstos podrán renunciar parcialmente y, en su caso reintegrar, en cualquier tiempo, su financiamiento para actividades ordinarias permanentes, siempre que no se vea afectado el cumplimiento de dichas actividades y prevalezcan en su financiamiento los recursos públicos sobre los de origen privado, en el caso de catástrofes sufridas en territorio nacional por cualquier desastre o fenómeno contemplado en la Ley General de Protección Civil o cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro. "El reintegro de recursos correspondientes al financiamiento para actividades ordinarias permanentes de los partidos polÃticos también será aplicable tratándose de remanentes del ejercicio respecto de este tipo de financiamiento", precisa la reforma. Los recursos deberán reintegrarse a la TesorerÃa de Federación por acuerdo del Consejo General de la autoridad electoral, cuando no hayan sido entregados a los partidos polÃticos y a solicitud del Comité Nacional o instancia equivalente que ostente la representación legal del partido. En el caso de que los recursos ya se hubieran entregado a los partidos polÃticos o de remanentes del ejercicio, por concepto de financiamiento para actividades ordinarias permanentes, el Comité Ejecutivo Nacional o instancia equivalente que ostente la representación legal del partido, tramitará su reintegro ante la TesorerÃa de la Federación e informará al Consejo General del INE. Los recursos reintegrados podrán ser destinados por el gobierno federal preferentemente para atender los efectos de cualquier desastre o fenómeno contemplado en la Ley General de Protección Civil o cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro. |
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